24 de julio de 2026

¡Multas arriba, calzones abajo!

25 de febrero de 2019
Por Coronel RA Héctor Álvarez Mendoza
Por Coronel RA Héctor Álvarez Mendoza
25 de febrero de 2019

En materia de noticias alrevesadas y curiosas, estas últimas semanas han sido pródigas en temas que resultarían naturales y característicos hasta en el olvidado y extraño mundo de Subuso. ¿Se acuerdan de aquella tira cómica de origen norteamericano que aparecía en algunos periódicos colombianos por allá en las décadas de los años sesentas y setentas, en la que Subuso, un anodino y oscuro personaje algo cegatón y muy reservado se encontraba de manos a boca con situaciones insólitas y fuera de lo común? Pues a ese personaje y a ese tipo de situaciones me refiero en esta ocasión.

O les parece moco de pavo el despliegue dado por algunos medios de comunicación al caso de la multa que podría resultar del comparendo elaborado por un miembro de la Policía Nacional, en cumplimiento de un mandato del Código Nacional de Policía y Convivencia para vivir en paz, impuesto a un ciudadano por insistir en comprar una empanada en el puesto de un vendedor ambulante instalado en plena vía pública, asunto legal relacionado con la garantía de la conservación y respeto del libre, despejado y seguro espacio público al que tienen derecho los ciudadanos de este país? El caso se convirtió entonces en un tema de comedia ligera que para la gran mayoría de desprevenidos observadores y críticos se centró en su probable consecuencia final, según la cual, la Policía, en el colmo de la injusticia y presunto abuso de su autoridad, multó a un pobre y hambriento fulanito por el pecado de comprar una empanada en la calle. ¡Valiente babosada..!

Pues resulta que la situación no es tan plana como la pintan los críticos desinformados que en este y en cualquier otro tema se dan silvestres en nuestro entorno. En primer lugar, ni la Policía Nacional, ni sus agentes en la calle imponen multa alguna por contravenciones y conductas impropias de algún ciudadano infractor, contempladas en el Código Nacional de Policía, pues dicha potestad es tema exclusivo de jueces y otras autoridades poseedoras de dicha competencia. El policía, mediante el comparendo respectivo, simplemente cumple con su deber y cita al ciudadano, probable infractor, ante la autoridad competente, ante la cual tiene todo el derecho de exponer sus argumentos y puntos de vista en relación con la conducta imputada por el agente de policía que realizó la citación o comparendo. Si sus alegatos son razonables y convincentes y el juez o la autoridad competente que reciba el caso así lo considera, pues disculpe amigo, asunto cerrado, ahí no ha pasado nada.

El Código Nacional de Policía y Convivencia Para Vivir el Paz,  promulgado  mediante la Ley 1801 del 29 de julio de 2016, y como su nombre lo indica, está creado, como todos los Códigos de Policía del mundo y como los antiguos Códigos de Policía que existían en los diferentes departamentos del país, para regular el equilibrio, el respeto, la armonía y la convivencia ciudadana, por lo cual tienen como finalidad corregir todas las conductas irregulares que sin llegar a ser delictuales, alteran la tranquilidad y el bienestar de una comunidad. Tal el caso de las basuras arrojadas a la calle, los ruidos molestos ocasionados por festejos y personas escandalosas en el vecindario, las riñas callejeras, la invasión del espacio público tan común sobre las aceras de las vías más concurridas de cualquiera de nuestras ciudades.

O será que resulta muy cómodo, grato y seguro andar por las aceras de algunas calles bogotanas o de cualquier ciudad del país dando saltos para no tropezar ni correr el riesgo de pisar las muestras de mercancías regadas y exhibidas sobre el piso de los pasos peatonales o para evitar chocar contra las peligrosas pipetas de gas que en plena calle y con la permanente y latente amenaza de una explosión alimentan los grasientos y humeantes asadores de arepas, pinchos, chorizos o empanadas? Pues la presencia en las calles de todos estos obstáculos que afectan el tranquilo desplazamiento y disfrute del espacio público, es precisamente el foco del interés, de las obligaciones y tareas preventivas de policía y limpieza que forman parte del nutrido inventario de  funciones policiales del estado colombiano, atendidas en la calle por el solitario agente de policía, que como cualquier ser humano, está sometido al riesgo de equivocarse y de meter la pata. La necesidad de atender tales necesidades fue la que motivó la necesaria unificación de los indispensables códigos de policía departamentales en torno a un código nacional, por lo que el Congreso Nacional, después de muchos años de espera, decidió meterle muela al asunto y promulgar la ya mencionada ley de la cual fueron ponentes e impulsores algunos distinguidos dirigentes políticos, entre los cuales, algunos severos críticos actuales de la actuación policial, que para estos casos nunca faltan.

Pero sin duda alguna, el caso más truculento y sabroso de la semana fue el ocurrido en el aeropuerto Eldorado, vivido al pasar por los puestos de control de seguridad para abordar un vuelo a Bucaramanga, por el empresario santandereano de 74 años Jorge Meza Correa, a quien, como es costumbre, le ordenaron quitarse la correa con la cual sostenía sus pantalones en el sitio acostumbrado. El pobre señor Meza Correa, que al parecer sabe cómo le funcionan sus cosas, advirtió que sin su correa, podrían caerse sus pantalones, reclamo a pesar del cual, los encargados del control insistieron en su demanda. Como la alarma seguía sonando, el acosado Meza Correa se retiró su correa y subió los brazos para facilitar la requisa. Y claro, pasó lo que tenía que pasar. Los pantalones se fueron al piso con la velocidad con la que ha caído en Venezuela el bolívar fuerte y la popularidad de Nicolás Maduro. Aunque el afectado confiesa que sus pudendos calzoncillos tipo bóxer, pero nada más que sus calzoncillos, quedaron expuestos al escarnio público, la Aeronáutica Civil, que en este caso parece emparentada con la Liga de la Decencia, decidió aplicarle una modesta multa de 18 milloncitos de pesos. O sea, que si las normas de nuestra rigurosa autoridad aeronáutica hubieran sido aplicadas, no en el aeropuerto Eldorado sino en el Salón Elíptico del Congreso Nacional, al pobre senador Antanas Mockus, quien además de sus desnudas nalgas, adicionalmente mostró a sus colegas de las primeras filas algunas otras adherencias, probablemente le hubieran recetado cadena perpetua?