El interés público ¿se protege?
JOSE FERNEY PAZ QUINTERO
ABOGADO CONSULTOR
A propósito de la decisión del Consejo de Estado de suspender de manera provisional la falseada y abusiva tabla de avalúos de los automotores que en la práctica no era más que una camuflada reforma tributaria realizada por una inexperta firma constituida inicialmente para la venta de computadores con sede en la ciudad de Manizales, llamada “Datasoft Ingeniería Ltda.” transformándose de la noche a la mañana en una Sociedad para esta clase de trabajos especializados, que debería dar lugar a las investigaciones disciplinarias y fiscales correspondientes, se debe destacar el argumento central de la suspensión que se refiere a la “ afectación del Interés público y para los propios derechos de los contribuyentes al permitir el cobro del impuesto de vehículos para el 2016 sobre una base gravable cuya fijación esta siendo cuestionada por la opinión pública … “
Resulta de gran valor analizar que se entiende por el concepto de “Interés público”, y su cumplimiento por los funcionarios del gobierno.
Lo primero que se debe decir, es que se trata de una noción genérica que se concreta y especifica cuando la administración en todos sus escalones actúa dentro de sus potestades en la búsqueda del interés público o general como mandato constitucional.
Pero esa prioridad gubernamental a veces se desmorona con las actuaciones de ciertos funcionarios del más alto nivel, mediante la expedición de actos administrativos a la ligera, improvisados, sin motivación alguna, generadores del malestar social, fuera de los perjuicios irrogados, como el que se alude, suscrito por la Ministra del Trasporte, quien demostró una total negligencia, inexperiencia, dogmatismo, al negarse en un principio a reconsiderar semejante adefesio jurídico frente a las observaciones técnicas expuestas por los entes privados especializados en la materia, que le hacían notar los errores incurridos con la expedición de la tabla de avalúos que serviría de base para el cobro del impuesto de rodamiento.
Para fortuna del estado de derecho, ese abuso de poder se pudo frenar con la decisión del Consejo de Estado, con apartes recriminatorios para esta deslucida funcionaria, que deberán ser objeto de estudio por parte de su superior al momento de plasmarse un reajuste ministerial, que lo reclama con urgencia el país político y nacional.
Ahora bien; siguiendo estos parámetros valdría la pena analizar si el Estado viene preservando el interés colectivo como obligación constitucional en las áreas de la vivienda, medio ambiente, seguridad social, seguridad ciudadana, y otras de vital importancia para el diario vivir.
En cuanto a la política de procurar una vivienda digna para esa población desprotegida, sería interesante analizar cuál ha sido la actuación estatal para no seguir permitiendo el abuso del sistema financiero colombiano a través de la antigua UPAC, hoy la UVR contra los agobiados deudores hipotecarios que según estadísticas pueden ascender a más de 300.000 en todo el territorio nacional, sistema bancario que nada hace para solucionar los conflictos con los usuarios, muchas veces aplicando y recalculando de manera irregular los intereses con abierta violación de normas legales y circulares de la súper financiera.
Sea preciso anotar como complemento del párrafo anterior, que lo más sorprendente que debe ameritar una urgente reforma procesal, es la utilización del menguado aparato judicial colombiano en la recuperación de sus carteras, congestionando fuera de lo que están los despachos judiciales, llegando hasta el extremo de los remates de los bienes de esos desesperados humildes deudores que han incurrido en mora por la incapacidad económica de cumplir con las cuotas pactadas, que ven con asombro, como ante las negativas de refinanciación pierden sus viviendas o son lanzados sin consideración alguna, como lo dan a conocer los medios televisivos con escenas deprimentes de llanto y dolor de patria.
Un llamado para que en esta etapa de acercamientos, de diálogos abiertos, como antesala a la deseada reconciliación de los colombianos, ese sistema financiero contribuya en algo a esa paz anhelada, reflexionando por sus métodos de cobro coercitivo, y evalúe sus opresoras políticas de financiación de vivienda que le generan incalculables utilidades anuales, que han contribuido a la pobreza y miseria de parte de la población colombiana, iguales o de mayor peligrosidad que cuando se lanza una bomba o se ataca a una población en las selvas colombianas por parte de la insurgencia armada.
Igualmente cerrar filas para que la rama judicial y en particular sus jueces de la jurisdicción civil no sean utilizados por esos voceros del capital en sus desafueros financieros, pues como bien lo anotaba Voltaire, en frase lapidaria, muchas veces utilizadas en mis escritos: ”No hay mayor perversidad que aquella que se vale de la justicia, para cometer injusticias.”
ADENDA: Lo ocurrido en la defensoría del pueblo, la policía nacional, al ex viceministro del interior, no es más que la reiteración del principio que alude a que el funcionario público no tiene vida privada y debe responder por todas sus actuaciones frente a la sociedad. Es el sacrificio que se paga, por ocupar una dignidad, que impone recato, sobriedad y decoro, principios que parecieran extinguidos en el momento actual..
El interrogante a formular seria: ¿Sí los medios a través de sus investigaciones, no sacan a la luz pública estos bochornosos sucesos, los superiores jerárquicos y funcionales, como los entes de control habrían actuado?
¿El porqué del silencio cómplice oficial, si de tiempo atrás conocían estas denuncias?
Son preguntas vivas, para que no se nos den respuestas muertas.
Bogotá, Febrero 23 del 2016