2 de mayo de 2024

Juzgado de Pereira decreta nulidad de proceso contra el periodista William Restrepo

31 de enero de 2018
31 de enero de 2018
Imagen revista Semana

El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Conocimiento de Pereira decretó la nulidad de una sanción en contra del periodista William Restrepo por el incumplimiento de una sentencia proferida el 31 de agosto de 2017, en un caso relacionado con el buen nombre del presidente de la Cámara de Comercio de Pereira, Sergio Mauricio Vega Lemus.

Este despacho judicial había ordenado a Restrepo que en un término de 5 días contados a partir de la notificación de la decisión, rectificara a través de los medos Facebook y Twitter lo que dijo en contra de Vega Lemus.

Asimismo publicar una disculpa para el accionante en los medios empleados, esto es Facebook y Twitter, la que debía permanecer en dichas redes por el mismo tiempo que las publicaciones sancionadas.

El desacato

Y cuando el periodista creía superado el tema, el pasado 12 de enero le llegó una carta del juez Juan Carlos González, notificándole sobre un incidente de desacato en su contra, ordenó su arresto por cinco días y lo obligó a pagar una multa de dos salarios mínimos mensuales. Antes de hacerse efectiva la orden de arresto, el desacato debe ser revisado por otro juez superior.

El juez argumenta en su decisión que en la rectificación presentada por Restrepo, “se tiene que es evidente que el señor William no pretende aclarar ninguno de los puntos, sino que más bien justifica sus aseveraciones bajo argumentos de que tales apreciaciones surgieron con base en sus propias
percepciones” (semana).

Nulidad de lo ocurrido

El despacho concluyó que, revistado el trámite adelantado, se advirtió que el Juzgado de conocimiento incurrió en una situación que genera la nulidad de lo actuado a saber, pues omitió notificar en debida forma al señor Restrepo el trámite adelantado en su contra.

Sumado a ello, en el escrito del 26 de octubre de 2017 remitido por el incidentado, aquel informó que se había visto en la obligación de abandonar la ciudad por amenaza de muerte, información que no tuvo en cuenta el
juez de instancia.

En su parte resolutiva, el Juzgado decretó la nulidad, en el presente trámite incidental de desacato, a partir inclusive de la decisión proferida el 21 de diciembre de 2017 mediante la cual ordenó requerir al señor Restrepo, por el incumplimiento del fallo de acción de tutela proferido en favor del señor Sergio Mauricio Restrepo Cortés.