Se viola la Ley
La Ley 1909 del 9 de junio de 2018, es clara:
-Artículo 18: Participación de las mesas directivas de plenarias de corporaciones públicas de elección popular.
Las organizaciones políticas declaradas en oposición y con representación en las correspondientes corporaciones públicas, tendrán participación a través de al menos una de las posiciones de las mesas directivas de las plenarias del Congreso de la República, las Asambleas departamentales, los concejos distritales y de capitales.
La pregunta es si esto se violó en Pereira y Risaralda y si tiene aplicación por ser Ley en municipios de ciudades no capitales. La otra pregunta es qué pasa si son varios los partidos en oposición y si pueden alternarse ese cargo de mando.
Es el llamado Estatuto de la Oposición Política y algunos derechos a las organizaciones políticas independientes.
Por qué en unos municipios del Risaralda se aplicó y en otros no, se preguntarán muchos.
Juegan un papel determinante quienes estén en la oposición en la agenda de las corporaciones públicas: pueden determinar el orden del día de la sesión plenaria y de las comisiones permanentes, a determinar el orden del día de tres veces durante cada legislatura. Igual las implicaciones para funcionarios que no concurran a dichas citaciones. Son consideradas faltas graves.
Otros hechos significativos que merecen atención por gobernadores y alcaldes, secretarios de despacho, directores o gerentes de institutos descentralizados y por cualquier otro funcionario oficial.
-Derecho de réplica en los medios de comunicación social del Estado frente a las tergiversaciones graves y evidentes o ataques públicos proferidos
-Vale señalar el tiempo asignado para acceder a los medios de comunicación en las propias instalaciones de dichas corporaciones. En Risaralda, no se pidió, no se hizo efectiva por el momento para presentar observaciones.
-Además: financiación, acceso a información y documentación oficial, participación en mesas directivas de plenarias de las corporaciones públicas de elección popular, garantías del libre ejercicio, derecho a la sesión exclusiva sobre el plan de desarrollo y presupuesto.
Tareas hay. Interesa que la oposición las exija. Proteger es un derecho que hay que hacer cumplir así la mermelada sea gelatinosa…La hay y el molde existe.