30 de junio de 2026

El Ministerio de Justicia, imperiosa necesidad

23 de agosto de 2010
23 de agosto de 2010

Esa sumatoria de ministerios cuya responsabilidad recae sobre una sola persona, obliga a que quien desempeñe esas funciones, sea un “superhombre” que aparte de conocer los vericuetos de todas las ramas encomendadas, no pueda físicamente prestar la atención requerida en cada especialidad y a todo se le apliquen soluciones pasajeras, cuya eficacia es muy dudosa.

Esta multiplicidad de funciones, a mi manera de ver, son las causas fundamentales para que la rama de la justicia esté cada día más desordenada y entorpecida, con los resultados negativos que a diario se ven.

La fusión  de las dos carteras según la Ley 790 del 27 de Diciembre del 2.002, se hizo efectiva con el ánimo de reducir el gasto público al estimarse en su momento  que este Ministerio representaba una “vena rota” del presupuesto nacional.

Lo que ocurre ahora es que las circunstancias han cambiado, el país ha crecido desmesuradamente  y se hace necesaria la destinación de una persona especializada en el manejo de este sector, bajo los parámetros de pulcritud y transparencia que esta cartera requiere.

Ese desorden por ejemplo, es precisamente el que lleva  a que los ciudadanos que viven bajo el amparo de una “detención domiciliaria” viajen por todo el país cometiendo delitos, mientras el dispositivo electrónico que deben portar permanentemente (grillo electrónico), lo ponen al lomo de un animal doméstico para simular su presencia y movimiento dentro de su propia casa y engañan de estas forma a los sofisticados detectores de la justicia.

LA MAYORIA DE EDAD

Sin lugar a equivocarme es muy urgente que la Ley del Menor sea modificada en lo atinente a la edad.

En Colombia la mayoría de edad por ley, se entiende para quienes superan los 18 años de edad.

En el caso de las acciones de tipo penal que contravinieren las normas de convivencia pacífica, esta edad no debe superar los 15 años, cuando el jovencito ya sabe y entiende de sobremanera qué es lo bueno y qué es lo malo.

Sé de antemano las reacciones que a la propuesta provendrán de las instituciones defensoras de los menores de edad y de los niños, pero las estadísticas de criminalidad que a diario ofrecen las autoridades, se convierten en un llamado de urgencia, para que se modifique en el menor tiempo posible la norma.

Insisto en que la modificación de la edad tope debe hacerse para los casos de actos criminales, mas no para la protección del menor en sus derechos fundamentales.

Hoy en día muchas bandas de atracadores y de sicarios, están conformadas por jovencitos que amparados en su minoría de edad, se debaten entre actos terroristas, impulsados por delincuentes mayores.

Y lo que es peor, algunos abogados carentes de principios, esgrimiendo la Ley del Menor como argumento, logran de un hecho grave una leve infracción.

Hace muy pocos días fue asesinado Ever Mosquera Hurtado, Decano de la Universidad Santiago de Cali por un menor de 17 años que recibió $2.000.000 millones de pesos, por acabar con la vida del educador.

Omar Ariza, profesor del Colegio General Santander de Sevilla (Valle), fue asesinado por dos de sus alumnos de 17 años el 7 de Abril.

El ciudadano Sergio Daguer Casallas de 31 años, fue asesinado a balazos en Bogotá. En los hechos participó una menor.

En Medellín no se podrá olvidar el caso del asesinato de la abogada JULIET PATRICIA MEJIA TABORDA con 8 meses de embarazo. El asesinato fue cometido por dos niños de 15 y 17 años respectivamente.

http://www.eje21.com.co/index.php?option=com_content&task=view&id=13749&Itemid=54

Hasta dónde hay que ir, ante quien se debe recurrir, para que las leyes no amparen al menor delincuente?. Estamos en mora de hacer estas correcciones ante la avalancha de delitos cometidos por los menores.