29 de marzo de 2024

Dian puso a disposición de los contribuyentes plataforma informática para pagar impuestos

4 de agosto de 2009
4 de agosto de 2009

Bogotá.(SP). Las personas naturales, trabajadores independientes, asalariados, comerciantes de menores ingresos y rentistas de capital, entre otros, podrán acceder a los servicios informáticos electrónicos del MUISCA y así agilizar su trámite para diligenciar y presentar la declaración del impuesto de renta por el año gravable 2008.

La Dian ha dispuesto de varias herramientas en su portal de internet www.dian.gov.co, con el objetivo de agilizar y facilitar el cumplimiento voluntario, como el programa sin costo alguno, el cual podrá descargar en su computador, y que le permitirá diligenciar paso a paso la declaración de manera fácil y rápida, para luego imprimirla y llevarla a la entidad bancaria, si corresponde efectuar el pago.

Internet, otro medio de pago

El pago electrónico del impuesto de renta es otro de los mecanismos que ofrece la Dian a sus clientes para contribuir con las herramientas de facilitación a la hora de pagar este tributo.

Quienes cuenten con el mecanismo de firma respaldado con certificado digital, tienen la opción de presentar la declaración y pagar el impuesto en forma virtual sin desplazarse de su casa u oficina.

Quiénes declaran

Están obligadas a presentar la declaración de renta, quienes a 31 de diciembre de 2008 tengan un patrimonio bruto o hayan alcanzado consignaciones bancarias superiores a los 99 millones 243 mil pesos.

Así mismo, aquellos que hayan recibido ingresos, en el mismo período, por 72 millones 778 mil pesos, o efectuado compras o consumos con tarjetas de crédito por 61 millones 751 mil pesos.

Los contribuyentes de menores ingresos responsables de declarar son aquellos que obtuvieron a 31 de diciembre de 2008, ingresos superiores a 30 millones 876 mil pesos.

Estos contribuyentes conservan los mismos requisitos en materia de patrimonio, consignaciones bancarias, compras y consumos con tarjetas de crédito.

Presentar oportunamente evita sanciones

Quienes no presenten oportunamente la declaración de renta serán sancionados por cada mes o fracción de mes, de retardo, con el 5 por ciento del impuesto a cargo. Adicionalmente tendrán que liquidar los intereses causados hasta el día de la presentación de la declaración.

Acto seguido la Dian iniciará su acción de cobro persuasivo, invitando al contribuyente por medio de una comunicación, firmada por el Director General de la Entidad, en la cual se informa al contribuyente que es responsable de presentar la declaración y le hace la invitación formal para que de manera voluntaria presente su declaración correspondiente.

Otra de las sanciones que aplica la Dian para quienes no declaren, pese a las acciones persuasivas que ésta lleve a cabo, consiste en el diligenciamiento de la declaración de renta del obligado y la liquidación del valor del impuesto a cargo, más una sanción del 20 por ciento de los ingresos brutos.

La Entidad logra esto a través de los datos que le suministran más de 50 millones de fuentes de información, con los que realiza cruces de datos a través del MUISCA, facultad que le permite establecer, entre otros, el valor del patrimonio bruto o el monto de las consignaciones bancarias, que haya tenido el contribuyente el año gravable correspondiente a la presentación de la declaración.

Opciones de pago

Otra opción a la hora de pagar el impuesto de renta y que se a parta de las más comunes, como los son el uso de dinero en efectivo, la tarjeta de crédito, la cual da la facilidad de diferir el pago a un determinado número de cuotas, está una que prevé la Ley y consiste en la posibilidad de realizar un acuerdo de pago.

Con base en la norma, en el caso de este impuesto, existe la posibilidad de que el contribuyente presente su declaración de renta liquidando su impuesto a cargo, sin pagarlo, para luego acogerse a un acuerdo de pago no superior a un año.

Más herramientas de facilitación

La Dian ha dispuesto de un cuestionario con 14 interrogantes, que le permitirán a sus clientes establecer si son o no responsables del impuesto de renta (ver archivo adjunto).

Así mismo, la DIAN indicó que las pautas para presentar sin problema y en forma oportuna la declaración de renta, se encuentran en los videos de capacitación ubicados en su portal de Internet.

Así mismo, hizo un llamado para evitar en lo posible el uso del formulario físico, para que no incurran en algún tipo de inconsistencia, la cual quede consignada en el mismo y más adelante les genere un trámite ante la Entidad o una sanción económica.