28 de marzo de 2024

Sancionado gerente de ESE Salud Pereira

5 de marzo de 2010
5 de marzo de 2010

De acuerdo con la investigación disciplinaria, celebró dos contratos para la prestación de los servicios de lavado, zurcido y planchado de ropa hospitalaria, sin que previamente se hubieran solicitado varias ofertas a personas idóneas para su cumplimiento.

Señala el Ministerio Público que por tratarse de un proceso de contratación directa, dada la cuantía de este, para la selección del contratista debió invitarse directamente a un mínimo de tres oferentes, y en este caso particular, se invitaron a cuatro, de los cuales solo dos podían ser oferentes porque prestaban el servicio de lavado de ropa hospitalaria y los otros dos nunca han prestado externamente tal servicio.

En consecuencia, la Procuraduría precisó que los procedimientos adelantados para seleccionar al contratista “son formalmente válidos, pero materialmente ilegales, como quiera que se invitaron a dos entidades que no tenían vocación de concurrir al proceso”.

Concluye el Ente de Control que se desconoció entonces el principio de transparencia en la selección del contratista al no haber invitado a personas idóneas para participar en esta contratación.

La Procuraduría Provincial de Pereira indicó que en la actualidad se surte el trámite del recurso de apelación correspondiente.