Explicaciones del alcalde Llano dejaron muchos interrogantes: Corporación Cívica
Hoy se conoció un pronunciamiento sobre el particular. Es el siguiente:
La Corporación Civica de Caldas, conocidas las declaraciones públicas del Señor Alcalde de la ciudad publicadas en el diario La Patria del martes 5 de mayo del año en curso, sobre su participación en la sociedad limitada Conplatino conformada por escritura Pública otorgada en el municipio de Carepa (Antioquia) e inscrita en la Cámara de Comercio de Apartadó y posteriormente en la Cámara de Comercio de Medellín, como consecuencia de sus cambios de domicilio, según consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Medellín el día 22 de abril de 2009, de la manera más respetuosa con la figura del Señor Alcalde de Manizales, se permite hacer las siguientes consideraciones públicas:
1. El Alcalde Municipal encarna la figura del primer funcionario público de este ente que es la célula vital de la estructura organizacional de la Nación.
2. Así como primer funcionario público de la ciudad, sus actos, conductas y manifestaciones tienen interés, ingerencia y repercusiones en el colectivo y en los intereses de éste.
3. Por lo tanto, la opinión pública que es la manifestación de ese interés colectivo, tiene derecho a que se le de cuenta y razón de las conductas de su mandatario.
4. Las declaraciones del Señor Alcalde en nuestro diario local referidas anteriormente, dejan inquietantes interrogantes que para el interés colectivo, la imagen del municipio y la misma imagen del Señor Alcalde, son de vital importancia el que sean aclaradas con mayor transparencia.
5. No se entiende como una persona de la seriedad, importancia y experiencia en los negocios, como el Señor Alcalde de Manizales, otorga un poder a un tercero, con el fin de que en su nombre desarrolle actividades comerciales en una sociedad que como lo vimos, aunque conformada por manizaleños, tiene su trayectoria documental mercantil en municipios foráneos a nuestro departamento, con vocación de desarrollo comercial en la ciudad de Barranquilla, Departamento de Atlántico, y que en un hecho tan importante no le haga el seguimiento, no sepa quiénes son sus socios, cuáles cambios se han realizado, quién es su representante legal y finalmente cuáles negocios o actividades comerciales realiza o pretende realizar.
6. No existe claridad entre las declaraciones del señor gerente encargado de la Licorera cuando manifiesta que la sociedad Conplatino, no reunía las condiciones para ser distribuidora de licores de esa empresa en el Atlántico y la manifestación diametralmente opuesta al Señor Secretario de Hacienda del Atlántico respecto a que la ILC, avaló mediante carta a Conplatino para distribuir los licores de ese Departamento. Ambas declaraciones, están contenidas en el diario La Patria del 5 de mayo en el artículo inicialmente citado.
7. Entendemos la autonomía y características legales de las negociaciones y documentaciones privadas en el ámbito democrático, pero por tratarse de quien se trata, un funcionario público de alta categoría, el primer mandatario de la ciudad y por haber tomado un asunto, con la dinámica pública que tomó que lo convierte en tema de interés público; es de suma importancia que la opinión conozca el poder que el Señor Alcalde dio al tercero para que lo representase en la sociedad Conplatino para apreciar las características y facultades que otorgó. La manifestación que el Alcalde hizo conocer de la ILC para que no prosperara la tendencia al otorgamiento de la distribución de licores en el Atlántico a Conplatino, las cartas cruzadas entre la ILC y la Secretaría de Hacienda del Atlántico, en las cuales al parecer existe una contradicción, toda vez que mientras una de ellas de parte de la ILC avala a la empresa Conplatino, la otra por el contrario resultado de una visita técnica concluye que esta empresa no reúne las condiciones necesarias; así mismo el Dr. Álvaro Montoya Gerente (E) de la ILC, reitera que incluso mediante comunicación, solicitó que se inscribieran en rentas.
Consideramos igualmente necesario conocer los oficios mediante los cuales, al alcalde de la ciudad solicita a la ILC “cancelar cualquier gestión con la comercializadora señalada por las implicaciones que podría desencadenar la contratación con una empresa pública”.
Finalmente se hace necesario dadas las condiciones anteriormente citadas, conocer la comunicación, mediante la cual el Gobernador del Atlántico autoriza contratar directamente con la empresa Conplatino, sin necesidad de licitación y autorizándola para efectuar la respectiva inscripción ante el departamento, documento radicado el día 23 de abril de 2009, con el fin de conocer la motivación y los soportes que dieron lugar para realizar la contratación en mención y la cual fue dada a conocer posteriormente, por medio de la Secretaria de Hacienda del Atlántico al gerente de la ILC.
8. Estamos seguros de que conocidos estos documentos por la opinión pública, le generarán a ésta claridad y tranquilidad y no seguirán poniendo en tela de juicio el nombre de la ciudad e igualmente le darán tranquilidad al Señor Alcalde en la transparencia de sus acciones y en su buen nombre.
9. Preocupa a la opinión pública, que un personaje que según el Diario La Patria del día 3 de mayo, está proponiendo su nombre al Senado de la República, sea quien de acuerdo a lo manifestado por el señor Alcalde a dicho diario el día 5 de mayo, haya sido quien abusó en forma tan grave del nombre del señor Alcalde de Manizales, comprometiéndolo de la manera ya conocida. Lo mínimo que espera la opinión pública es que haya una acción judicial de parte del afectado, para buscar la razón y la verdad de lo sucedido.
10. Destacamos y apoyamos el anuncio público del señor Alcalde de solicitar a las autoridades pertinentes de control administrativo se les investigue, en busca de la verdad.