“Apague y vámonos”
Desde los albores de la Nación colombiana, ha existido la discusión sobre la forma de gobierno que se debe adoptar. ¿Centralismo o federalismo? Y, a lo largo de la historia, se ha adoptado uno, o la otra. Esto, debido a que el territorio, primero, de la Gran Colombia y, luego de la Nueva Granada, con una población esparcida en núcleos aislados entre las cordilleras andinas, marcó las diferencias socioeconómicas entre las grandes regiones, que permitió, en esos momentos, un regionalismo agudo que complicó los intentos de organización política. Fue así, como entre 1811 y 1816, después del Grito de Independencia (1810), los criollos se dividieron en dos bandos, los federalistas liderados por Camilo Torres y los centralistas liderados por Antonio Nariño. Entrando en un periodo de divisiones internas, conflicto entre provincias y desorden institucional que desencadenaron en guerra civil. No en vano, a este periodo de la historia de Colombia se le denominó “Patria boba”. Periodo que fue aprovechado por los españoles, liderados por Juan Sámano y Pablo Morillo, para reconquistar el control español en el territorio nacional.
Actualmente, el Estado colombiano está organizado como una República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales. Por lo tanto, tiene un modelo mixto, pues es un gobierno unitario, pero descentralizado, dividido en 32 departamentos y un Distrito Capital que no puede considerarse ni centralista, ni federalista 100%. El saliente presidente del Congreso, el liberal Lidio García, acaba de encender la eterna polémica, al proponer convertir a Colombia en un Estado federal con el fin de que las entidades territoriales tengan más recursos para cumplir sus fines esenciales. Pero, veamos cómo se definen cada una de estas formas de gobierno.
El centralismo es la forma de gobierno que concentra el poder político y administrativo en un poder central. Por el contrario, federalismo es la forma de gobierno en la cual, el Estado como poder político central, está constituido por la suma de asociaciones (Estados, cantones, provincias) que se asociación sin perder su independencia administrativa y que conservan cierta autonomía. Ambas formas de gobierno pueden ser propias tanto del sistema presidencialista, como del sistema parlamentario.
El sistema presidencialista, establece la división de poderes propuesta por Montesquieu, en la cual los poderes legislativo, ejecutivo y judicial del Estado son ejercidos separadamente por autoridades que ejercen sus poderes de manera autónoma e independiente entre sí, pero que permite concentrar el poder ejecutivo en el presidente de la república como jefe de Estado, jefe de gobierno y suprema autoridad administrativa, a diferencia del sistema parlamentario que no permite la concentración del poder, pues el jefe de Estado y Jefe de gobierno están en cabeza de diferente autoridad.
En Colombia, el presidente de la República ejerce el poder ejecutivo y simboliza la unidad nacional y, como tal, le corresponde ejercen las funciones propias de jefe de Estado, jefe gobierno y suprema autoridad administrativa. En ese sentido, concentra gran parte del poder ejecutivo que, no es absoluto, gracias al principio de la separación de poderes consagrado en el artículo 113 de la Constitución Política. Adicionalmente, en Colombia la función administrativa se desarrolla mediante la descentralización (administrativa), la delegación y la desconcentración de funciones. Lo que permite afirmar que, aunque el presidente de la República concentra gran parte del poder ejecutivo no es absoluto como en la monarquía absoluta de Luis XIV en Francia –L’ Etat, c’est moi- En consecuencia, para el cumplimiento de los fines esenciales del Estado consagrados en el artículo 2° de la Constitución Política, la ley fija los servicios a cargo de la Nación, los departamentos y los municipios, para lo cual se crea el sistema general de participaciones que no es otra cosa que la transferencia de los recursos que hace la Nación a las entidades territoriales para el cumplimiento de los servicios a cargo su cargo.
Por lo tanto, quienes proponen que Colombia debe convertirse en un Estado con una forma de gobierno federalista, o no saben lo que dicen o, están equivocados en la concepción de esta forma de gobierno. Porque Colombia está organizado como una República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, con separación de poderes y delegación y desconcentración de las funciones administrativas, pero con un presidente que representa la unidad nacional, así las pugnas internas no permitan verla. Esto nos permite concluir que en Colombia no opera una forma de gobierno centralista pura y en esa medida, tampoco podría cambiarse por una forma de gobierno federalista pura.
Adicionalmente, si con separación de poderes con funciones claramente definidas, organismos de control autónomos e independientes, la corrupción es el principal virus del país y por este concepto se pierden más de 50 billones de pesos, ¿qué podría esperarse en el evento en que se cambiara la forma de gobierno a un centralismo en el cual las diferentes regiones del país pudieran darse sus propias leyes, crear sus propios impuestos y manejar omnímodamente los recursos provenientes de éstos? Ahí sí, “apague y vámonos”, apreciado lector.