28 de marzo de 2024

La pensión familiar, alternativa para pensionarse en pareja

3 de mayo de 2019
3 de mayo de 2019
  • Desde el 2012 la Ley 1580 permite que los cónyuges o compañeros permanentes sumen las semanas cotizadas o el dinero ahorrado en el sistema general de pensiones y accedan a un beneficio pensional de por vida.

Bogotá, 3 de mayo de 2019. En el año 2012 Gobierno Nacional aprobó la Ley 1580 que dio vida a la pensión familiar, un mecanismo que permite sumar las semanas cotizadas o el dinero acumulado por los cónyuges o compañeros permanentes, para acceder a una mesada pensional familiar y tener una vejez asegurada.

De acuerdo con María Lorena Botero, gerente de Beneficios Pensionales de la AFP Porvenir, “en un país como Colombia, en donde las cifras indican que de los 22 millones de colombianos que hacen parte de la población económicamente activa, un 70% no logra pensionarse por cuenta del comportamiento del mercado laboral pero también a que la gente le hace el quite a cotizar a pensión, este mecanismo se convierte en una buena opción para asegurar la vejez”.

La funcionaria dijo que es importante que los colombianos conozcan está modalidad de pensión y se acerquen a su fondo de pensiones para que revisen si cumplen con lo requisitos estipulados para acceder a la pensión familiar y así pueden tener en pareja este beneficio de por vida.

¿Qué es la pensión familiar?

Es un beneficio pensional que se reconoce por la suma de las semanas cotizadas o aportes realizados de cada uno de los cónyuges o compañeros permanentes al sistema general de pensiones, gracias a la suma de estos esfuerzos, pueden acceder a una pensión.

¿Quiénes pueden acceder a la pensión familiar?

ü  Los cónyuges o compañeros permanentes que demuestren mínimo cinco años de convivencia.

ü  Las personas que hayan cotizado al sistema general de pensiones y les haya sido negado el beneficio pensional.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la pensión familiar?

Cumplir con la edad establecida de pensión, 57 años mujeres, 62 años hombres y no haber alcanzado de manera individual ni las semanas ni el capital para acceder a la pensión. Vale destacar que los cónyuges o compañeros permanentes pueden estar en diferente régimen pensional, es decir, en el régimen público o en una administradora de pensiones privada, pero la pensión la otorgará una sola entidad.

Diferencias entre el RAIS y el RPM para acceder a la pensión familiar

DIFERENCIAS RAIS –  PORVENIR RPM -COLPENSIONES
Cada persona debe haber cotizado a los 45 años de edad, el 25% de las semanas requeridas para acceder a una pensión de vejez.  

 

No aplica

 

x

Pertenecer al SISBEN en los niveles 1 y 2  

No aplica

x
Semanas requeridas 1.150 1.300
Monto de la pensión familiar Un SMLV  o  más de acuerdo al capital ahorrado por la pareja No podrá exceder de un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente.