29 de marzo de 2024

Recuerde: el 22 de abril día sin carro y sin moto en Manizales

15 de abril de 2019
15 de abril de 2019
Imagen Corpocaldas

Manizales. Nuevamente Manizales tendrá que resignarse a un día sin carros y sin motos, el lunes 22 de abril, una vez transcurrida la semana santa, decretado por la Alcaldía para bajar el monóxido de carbono que contamina la ciudad por el tráfico automotor.

En cuanto al nivel de monóxido de carbono (CO), durante el 19 de abril de 2018, día sin carro y sin moto en Manizales, según Corpocaldas,  se notó una reducción importante del 42% aproximadamente, el cual proviene en gran medida de los vehículos a gasolina que dejaron de circular por 12 horas y media.

Sin embargo y pese a que ese día dejaron de circular más de 100.000 vehículos a gasolina, según datos de la Secretaría de Tránsito Municipal, los registros del Sistema de Vigilancia de Calidad del Aire en cuanto a contaminantes como material particulado, no evidenciaron disminución en las diferentes estaciones que se encuentran ubicadas en la ciudad; solo se presentó una leve reducción en la estación ubicada en la Universidad Nacional de Colombia, sede La Nubia.

Dentro de las estrategias para controlar la contaminación atmosférica en Caldas, la Corporación cuenta con el Sistema de Vigilancia de Calidad del Aire –SVCA-, compuesta por cinco estaciones que suministran información del comportamiento de contaminantes como partículas suspendidas totales (PST) y partículas respirables PM10 y PM2.5, cuyas fuentes se asocian al tráfico vehicular (emisiones y polvo en resuspensión), emisiones industriales y fenómenos naturales.

Corpocaldas adelanta acciones en la Gestión del Recurso Aire, para el control y reducción de la emisión de estos contaminantes con el fin de mantener o mejorar la calidad de vida de la población. De manera constante se monitorean las estaciones ubicadas en: Gobernación de Caldas, Liceo Isabel La Católica, Milán y Universidad Nacional de Colombia sedes Palogrande y La Nubia.

El último reporte del Sistema de Vigilancia de Calidad del Aire, realizado el 17 de abril de 2018, arroja como resultado que la mayor concentración promedio de PM10 fue hallada en la estación ubicada en el Liceo Isabel La Católica, con 39 µg/m3 (microgramos por metro cúbico), lo cual indica la cantidad de partículas que respiran los manizaleños. Otras estaciones arrojaron datos menores, como en Milán con 30 µg/m3, Gobernación de Caldas con 25 µg/m3 y en la Universidad Nacional sedes la Nubia y Palogrande por debajo de 24 µg/m3.

Los datos arrojados, dan como resultado que los niveles de contaminación se encuentran por debajo de la norma nacional anual, de acuerdo con la Resolución 2254 de 2017, el cual corresponde a 50 µg/m3 de PM10. Se destaca que la calidad del aire a nivel de PM10 se clasificó como buena en la mayoría de las estaciones.

Nivel de satisfacción

Los ciudadanos son cada vez más exigentes con los temas ambientales de la ciudad. La satisfacción promedio de los manizaleños con la gestión ambiental se situó en 45% durante el año 2018, muy por debajo de la satisfacción reportada con aspectos como la educación y los servicios públicos, según un informe de Manizales Cómo Vamos.

Las estadísticas de producción de residuos en la ciudad muestran una proyección creciente en la generación de basuras por el aumento demográfico y el crecimiento económico, lo cual tiene impactos negativos para el medio ambiente.

En 2017 la cantidad de residuos producidos llego a 0,92 kilogramos por persona al día, un 50% más de lo que se producía en 2003. En este mismo año se dispusieron en total 134 mil toneladas de basura en el relleno sanitario la Esmeralda.

Podrán transitar

Informamos a todos los ciudadanos sobre los vehículos que podrán transitar el 22 de abril día sin carro y sin moto en Manizales:

•Vehículos que hagan parte del esquema de seguridad de la Presidencia de la República y estén al servicio de actividades inherentes.

•Vehículos destinados y/o adecuados técnicamente para el traslado de féretros, propiedad de las funerarias o agencias mortuorias.

•Los automotores que pertenezcan o hagan parte de los cuerpos de seguridad del estado, fuerzas militares, Policía Nacional y Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación y los que ejerzan funciones legales de policía judicial.

•Automotores debidamente identificados e iluminados, dispuestos para movilizar personas afectadas en salud, prevenir o atender desastres y/o calamidades o actividades policiales, debidamente registradas como tal con las normas y características que exige la actividad para la cual se matriculen y los automotores propiedad de las empresas que prestan atención médica domiciliaria, debidamente identificados, solo cuando en ellos se desplace personal médico en servicio.

•Automotores destinados o contratados por las empresas de servicios públicos, exclusivamente para el mantenimiento, instalación y/o reparación de las redes de servicios públicos domiciliarios en la ciudad, siempre y cuando cuenten con plena y pública identificación, consistente en los logos  de la empresa del contratante pintados o adheridos en la carrocería.

• Grúas y aquellos destinados al control del tránsito.

• Automotores con nivel 3 o superior de blindaje, inscritos como tales en el registro Municipal Automotor y autorizado el blindaje por la superintendencia  de Vigilancia y Seguridad Privada.

• Automotores que estén al servicio de actividades inherentes a la protección de personas debidamente autorizado por  la superintendencia  de Vigilancia y Seguridad Privada o que hagan parte de esquemas de seguridad autorizados por los organismos del estado, y solo durante la prestación del servicio.

• Vehículos de servicio público

• Vehículos destinados al transporte de alimentos o insumos médicos debidamente identificados.

• Vehículos conducidos por personas en situación de discapacidad o quienes transportan a personas con esta condición.

• Vehículos debidamente identificados en los que se preste el servicio de distribución de alimentos a domicilio.

• Vehículos debidamente identificados que presten el servicio de transporte a los medios de comunicación.

Es claro advertir, que para el óptimo cumplimiento de la norma, se emitió un comunicado en donde se indica que dicha excepción se hace extensiva al transporte de alimentos, a los domicilios  y mensajeros que se encuentren debidamente identificados.