28 de marzo de 2024

Ciudadanos no deben pagar alumbrado público por áreas comunes

8 de noviembre de 2018
8 de noviembre de 2018
Foto Alcaldía de Pereira

Dando claridad referente al pago de alumbrado en los conjuntos residenciales, los propietarios o arrendatarios del bien solo deberán pagar un recibo único del servicio de energía como se hace habitualmente.

En el año 2017 el Concejo Municipal aprobó el acuerdo 42 el cual establece que los conjuntos residenciales no deben pagar alumbrado público para las áreas comunes, desde entonces la Administración Municipal no ha realizado la acción de cobro a los ciudadanos sobre este impuesto.
Es importante hacer claridad que todos los ciudadanos deben pagar el impuesto de alumbrado público, por cual se cita textualmente el artículo 55 parágrafo 1: “No se hace parte del servicio  de alumbrado público: La iluminación de las zonas comunes en las unidades cerradas o en los edificios o conjuntos residenciales, comerciales o mixtos sometidos al régimen de propiedad respectivo.

“La Administración Municipal, especialmente la Secretaría de Hacienda hace efectivo el cobro a los impuestos establecidos por la ley, y con respecto al alumbrado público en las áreas comunes no se realiza el cobro a los pereiranos desde el año 2017”, expresó Dora Ospina, Secretaria de Hacienda Municipal.