29 de marzo de 2024

Por demanda de la Procuraduría, Tribunal Administrativo de Quindío ordenó sanear 54 quebradas y ríos

14 de octubre de 2018
14 de octubre de 2018
Bogotá, 14 de octubre de 2018. El Tribunal Administrativo de Quindío acogió las medidas cautelares solicitadas por la Procuraduría General de la Nación y ordenó a la Corporación Autónoma Regional de Quindío (CRQ), implementar, en un término de tres meses, el Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos (PSMV) para las 54 quebradas y ríos de la ciudad.
En la decisión, el Tribunal también pidió al municipio de Armenia y a las Empresas Públicas realizar un plan que contenga medidas a corto plazo para el saneamiento y descontaminación de las fuentes hídricas, priorizando aquellos puntos que se encuentren en mayor grado de contaminación.
Además, se ordenó a la autoridad ambiental, como encargada de la expedición de los permisos de vertimientos, hacer estricto control y realizar seguimiento en aras de verificar el cumplimiento de los 298 puntos de vertimiento inventariados a la fecha.
La Procuraduría basó sus peticiones en la grave problemática de contaminación en los ríos y quebradas de la ciudad y al manejo inadecuado de vertimientos. Aseguró que pese a la expansión constructora, hay una insuficiencia de infraestructura de servicio de alcantarillado para atender la demanda.
El Ministerio Público subrayó que pese a que la ciudad no cuenta con el PSMV, la Empresa de Servicios Públicos de Armenia (EPA) continúa dando disponibilidades, factibilidades y prefactibilidades del servicio de alcantarillado, aumentando así la carga contaminante de las quebradas, sin garantizar a corto, mediano y largo plazo el tratamiento y disposición final de las aguas residuales domésticas.
Las medidas previas solicitadas por la Procuraduría buscan garantizar que cese la vulneración de los derechos colectivos de los ciudadanos a un medio ambiente sano, a la salubridad pública, protección de áreas de especial importancia ecológica, y que en la realización de construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos, se respeten las disposiciones jurídicas y se dé prevalencia a la calidad de vida de los habitantes.