29 de marzo de 2024

La ilegalidad de la dosis mínima

17 de octubre de 2018
Por Eligio Palacio Roldán
Por Eligio Palacio Roldán
17 de octubre de 2018

Según Alto Turmequé, de El Espectador, del pasado Domingo, el presidente Duque les pidió a los congresistas de su bancada que, ante nuevos ataques de los liberales por el decreto que permite a la policía confiscar la dosis mínima, “…les recordara que en el Código de Policía, llevado al Capitolio por el gobierno anterior, se menciona al menos nueve veces la prohibición de consumir sustancias alcohólicas o psicoactivas en espacios públicos…”

Defendiendo el polémico Decreto, el presidente afirmó que: “Necesitamos que todos los poderes públicos tengamos esa armonía para derrotar el microtráfico, el narcotráfico, garantizar que el espacio público no sea lugar de intimidaciones y de vulneraciones de los derechos. El libre ejercicio de la personalidad no puede estar encima de los derechos colectivos ni poner en riesgo los derechos de la ciudadanía”

Buena defensa del Decreto 1844 de 2018 que, aunque está bien motivado, es demasiado restrictivo al autorizar solo el porte de la dosis personal: “El porte y tenencia de cantidades que excedan la dosis personal será judicializado de conformidad con la normatividad vigente.”

El literal j) del artículo 2º de la Ley  30 de 1986, indica: “Dosis para uso personal: Es la cantidad de estupefacientes que una persona porta o conserva para su propio consumo.

Es dosis para uso personal la cantidad de marihuana que no exceda de veinte (20) gramos; la de marihuana hachís la que no exceda de cinco (5) gramos; de cocaína o cualquier sustancia a base de cocaína la que no exceda de un (1) gramo, y de metacualona la que no exceda de dos (2) gramos.

No es dosis para uso personal, el estupefaciente que la persona lleve consigo, cuando tenga como fin su distribución o venta, cualquiera que sea su cantidad.”

El analista Rodrigo Uprimny, en una columna de El Espectador, por su parte, califica de insensato el decreto por cuanto, “…reprime a todos los consumidores, sin hacer la necesaria distinción entre cuatro tipos: i) aquellos que son dependientes y requieren ayuda y apoyo, pero no represión; ii) aquellos que hacen un consumo riesgoso, como manejar bajo el efecto del alcohol, quienes deben ser sancionados por ese grave comportamiento, pero no por ser consumidores de alcohol; iii) la inmensa mayoría de usuarios que simplemente consumen recreativamente, quienes deben recibir información sobre los riesgos de esas sustancias y se les pueden imponer algunas restricciones sobre los lugares de consumo pero, si uno cree realmente en la libertad, debían ser dejados tranquilos, y iv) finalmente los niños y niñas, frente a quienes debe haber una prohibición de consumo, como existe con el alcohol o el tabaco, por su falta de autonomía y su desarrollo neurológico incompleto.”

Muchas discusiones se han generado alrededor del tema: El Decreto, por lo menos, trata de tener una política coherente porque no es razonable que todo el mundo pueda portar sustancias sicoactivas, a sabiendas de que en Colombia su producción, transformación y comercio son ilegales. Es decir, con la dosis mínima se estaba legalizando la droga.

Ahora bien, desinforma el presidente Duque porque una cosa es prohibir el consumo de sustancias psicoativas en sitios públicos y otra, bien compleja, la que se plantea para el cumplimiento de lo ordenado en el Decreto 1844, porque aunque conseguir drogas ilícitas ha sido bastante fácil en Colombia (Ver MEDELLIN ILEGAL https://eligiopalacio.com/2014/07/01/medellin-ilegal/), para alguien adicto, la dosis personal es muy reducida y aprovisionarse de ella implicaría decenas de viajes a los puntos de expendio, que si las autoridades son eficientes serán cada vez más sofisticados, de más difícil acceso, más peligrosos y, paradójicamente, más rentables. En síntesis, el porte y por ende el consumo de droga es ilegal en Colombia. Pero como es bien sabido, el país vive de la ilegalidad y un gran porcentaje de sus habitantes disfruta de sus réditos; incluidas las autoridades que tratan de controlarla.

ANTES DEL FIN

Esta semana, en la marcha estudiantil, el olor a marihuana me trasladó a los años de juventud en la Universidad Nacional, en la década del ochenta…

Tranquilos, no se asusten. No voy a confesar una adicción a las drogas. Solo que en esos años el humo de los cigarrillos de los consumidores del alucinógenos, nos hacía desalojar el Bloque 24 de Arquitectura, de la sede de la Universidad en Medellín, donde tratábamos de descifrar los enigmas del cálculo diferencial en medio de la humareda, la modorra y el hambre de medio día.