28 de marzo de 2024

La noche negra de Belisario Betancur, creador del Iva

24 de agosto de 2018

Por Guillermo Romero Salamanca

“Señora” fue el éxito musical de las fiestas colombianas de 1983, compuesto por Manjarrés, abogado de profesión y natural de La Jagua del Pilar en la Guajira y fue grabado por Otto Serge y Rafael Ricardo en el sello Codiscos.

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Discoteca, parranda, agualulada fiesta de sala que se respetara que no se escucharan los versos que empezaban con: “Un verso bien sutil y dirigido, delicado y sensitivo, quisiera componer yo, le ruego mi señora que comprenda, que no se si usted se ofenda, pero es mi declaración. Comprenda que el amor no tiene redes, no hay nada que lo pueda detener y si usted es la mujer que me conmueve, respeto al dueño que tiene, pero se lo digo a usted …”.

Acaba de pasar la Novena Navideña y en el país se preparaban para la Fiesta de Fin de Año. Tamales, buñuelos, gallina sudada, ajiacos, sancochos y lechonas se preparaban para esperar el Nuevo Año como debía ser: con alegría, bullicio, música y con la típica canción de “otro año que viene y otro que se va”.

El 29 de diciembre, el presidente Belisario Betancur amargó de sobre manera las festividades de ese 1983. Los colombianos cambiaron sus rostros de felicidad cuando se anunció a través de radio, televisión y periódicos la firma del hijo de Amagá del decreto 3541, con el cual se aplicaba el Impuesto a las Ventas.

Llegaba al país el famoso Tax.

En las tiendas, bares, parques, fuentes de soda no se habló de nada más.

–¿Y eso qué es?, preguntaba un parroquiano a un vecino que leía el periódico:

–Es un impuesto a las Ventas de bienes corporales muebles que se hallen situados en el territorio del país y no hayan sido excluidos expresamente por el presente Decreto. Los bienes corporales muebles procedentes del exterior se considerarán situados en el país cuando hayan sido nacionalizados”, le leyó el primer artículo.

–¿Y quién tiene que pagar eso?

–Mire, compadre, el decreto es claro: “En las ventas, los comerciantes, cualquiera que sea la fase de los ciclos de producción y distribución en la que actúen y quienes, sin poseer tal carácter, ejecuten habitualmente actos similares a los de aquéllos.

“Cuando se trate de ventas por cuenta de terceros a nombre propio, tales como la comisión, son responsables tanto quien realiza la venta a nombre propio, como el tercero por cuya cuenta se realiza el negocio”, agregaba.

“Cuando se trate de ventas por cuenta y a nombre de terceros donde una parte del valor de la operación corresponda al intermediario, como en el caso de contrato estimatorio, son responsables tanto el intermediario como el tercero en cuyo nombre se realiza la venta”.

–¿Y ese impuesto de cuánto es?

–Del diez por ciento a partir de enero.

–¿Y la canasta familiar quedará gravada?

–Algunos productos sí, y los listados saldrán cada año.

–¿Y la cerveza también la gravarán?

–Si señor.

–Entonces se jodió este país, le contestó el parroquiano.

Ese fue el regalo de fin de año del presidente Betancur, famoso por su lema de campaña del “sí se puede”.