28 de marzo de 2024

“Policía no puede promover ninguna creencia religiosa”: Corte

31 de mayo de 2017
31 de mayo de 2017

Bogotá, 31 de mayo de 2017 (RAM) Para la Corte Constitucional, la Policía desconoció que el país es un estado laico que defiende el pluralismo religioso y que actualmente existe un deber de neutralidad en esa materia, de acuerdo con el cual el Estado y sus instituciones tienen cuatro prohibiciones:

1) Establecer una religión o iglesia.

2) Identificarse formal y explícitamente con una iglesia o religión.

3) Realizar actos oficiales de adhesión a una creencia.

4) Tomar medidas o decisiones con finalidad de promover beneficiar o perjudicar a una religión.

El llamado de atención lo hizo la Corte al fallar una tutela en favor de un subintendente de la Policía, adscrito al Esmad, que el pasado domingo de ramos de la Semana Santa del 2016 se negó a leer un texto que aludía a la religión católica.

El uniformado pertenece a la religión cristina protestante y en su deber de protegerle el derecho al libre culto, la Corte ordenó a la Policía de abstenerse de repetir actos en los que se haga llamados a alguna religión y le hizo un llamado al Ministerio de Defensa para revisar los procesos que está aplicando la Policía en dicha materia.