29 de marzo de 2024

Voto obligatorio

22 de febrero de 2017
Por Jorge Enrique Giraldo Acevedo
Por Jorge Enrique Giraldo Acevedo
22 de febrero de 2017

Jorge Enrique Giraldo Acevedo

jorge enrique giraldoNuevamente se ha planteado el debate sobre la necesidad de elevar el ejercicio del voto   a la categoría de obligatorio…Si tenemos en cuenta 2  apartes,  aún vigentes del artículo  258 de  la  Constitución Política de Colombia, la votación obligatoria no es posible.
La constitución establece claramente que «el voto es un derecho y un deber ciudadano. El Estado velará porque se ejerza sin ningún tipo de coacción y en forma secreta por los ciudadanos en cubículos».
Y más adelante la norma constitucional dice que «la ley podrá implantar mecanismos de votación que otorguen más y mejores garantías para el libre ejercicio de este derecho de los ciudadanos».
Conocidos los anteriores apartes de la norma constitucional también es oportuno señalar que el voto es la manifestación de la opinión, del parecer o de la voluntad de cada una de las personas consultadas para aprobar o rechazar una medida o, en unas elecciones, para elegir a una persona o partido.
En cuanto a la voluntad se considera la capacidad humana para decidir con libertad lo que se desea y lo que no.
Entonces, el voto obligatorio de ninguna manera se puede calificar como libre.
Si  se proyecta  el  voto obligatorio en Colombia sería en contra  de la vigente Constitución en lo referente  a  la coaccion y, en consecuencia,  no sería un  libre ejercicio de este derecho de los ciudadanos.
Queda claro que el voto  obligatorio en Colombia, en el marco de los principios de  una  democracia así  sea ejercida por el poder primario de  la minoría y lo establecido en la Constitución, no es posible. Ojalá el debate se realice sin posiciones obsesivas.