28 de marzo de 2024

Fiscalía apoya decisión de la Corte Suprema sobre dosis mínima

15 de marzo de 2016
15 de marzo de 2016

BOGOTA, 15 de marzo de 2016 (RAM) El director Nacional de Políticas Públicas de la Fiscalía, Miguel Larrota, calificó este martes como una decisión “moderna’ el fallo de la Corte Suprema de Justicia en el que dijo que si se supera la dosis mínima, no se incurrirá en un delito, siempre y cuando sea para consumo individual.

El funcionario dijo que el fallo es “trascendental” y se ajusta a la jurisprudencia internacional y al acto legislativo 002 de 2009. Igualmente, indicó que «la decisión de si el porte es o no un delito no depende de cuánto se lleva consigo».

“Es una sentencia moderna consistente con una política criminal que persigue a los grandes capos y no a las personas vulnerables”, indicó Larrota.

Agregó que cada año la Fiscalía archiva cerca de 50.000 procesos relacionados con porte de estupefacientes, situación que “genera un desgaste en horas hombre equivalente al trabajo de cien fiscales”. Sostuvo que esa cifra va a aumentar como consecuencia del fallo.

“Se van a dar directivas a los fiscales de acuerdo con los nuevos parámetros jurisprudenciales”, indicó el funcionario.

El fallo

La Corte dice que en los casos de consumidores que superen la dosis mínima, se debe analizar el comportamiento del sujeto en el consumo de la sustancia y verificar que «esta sea únicamente en la modalidad de uso personal, sin que se convierta en un almacenamiento indiscriminado de cantidades o de momentos para uso repetitivo, connotaciones en las cuales la conducta ha de ser penalizada».

También se tuvo en cuenta la Ley 1566 del 2012 que establece que el abuso y la adicción «deben ser tratados como una enfermedad que requiere atención integral por parte del Estado». Así, quien consume drogas de manera habitual o esporádica «no puede considerarse como un delincuente» si su porte es para consumo personal, sino que su situación es de competencia de las autoridades administrativas de salud.

El fallo de la Corte reitera que «la farmacodependencia no puede tratarse como delincuencia, por eso, se deben distinguir los comportamientos de porte para consumo, uso personal o consumo en ese contexto, de los relativos al narcotráfico, pues son estos los últimos los que merecen punición».