23 de abril de 2025

El derecho a la vida: un saludo a la bandera

19 de noviembre de 2014

Recordemos que “Derecho” significa la “exigencia”, la “demanda” que un individuo o un colectivo hace a quien se encuentra al frente del gobierno de una comunidad. Y “exige” y “demanda” unas acciones que dicho colectivo ha construido, ha reconocido como necesarios para la pervivencia de su grupo. Así, el derecho a la vida, por definición es un derecho fundamental exigible por todo individuo, pero eso no significa que quien está encargado de proteger ese derecho, lo haga de una manera automática. Ejemplos mil. Porque,  creemos que basta con la existencia de unos derechos escritos en unos códigos, para que por arte de magia se de una protección cierta.

El caso más sonado últimamente se refiere a la joven que fue diagnosticada con cáncer y logró que por medio de una tutela, la EPS le costeara un tratamiento experimental en el exterior. De inmediato vinieron las reacciones, tanto del Ministerio de Salud como de las EPS, argumentando que esos tratamientos costosos en el exterior, significaban que muchos otros pacientes se quedarían sin servicio de salud pues se agotarían en unos cuantos pacientes que solicitarían tratamientos muy costosos.

El argumento esgrimido por el juez o Tribunal que negó la tutela, cayó como anillo al dedo a las Empresas Prestadoras de Salud, porque ahora tendrán el argumento fácil de negar un tratamiento costoso a un paciente, aduciendo que sus recursos tendrían que canalizarse para unos pocos pacientes, y por lo tanto, la mayoría de los afiliados quedarían desprotegidos.

Entonces la pregunta es: ¿La vida no es un derecho fundamental?. ¿Tiene sentido que por un lado se diga que existe el derecho fundamental a la vida y por otro lado se diga que si se protege una vida específicamente se está atentando contra la vida del colectivo en tanto que se agotan los recursos?. Aquí aparece la manida dicotomía que no hace pensar siempre en blanco y negro: lo individual o lo colectivo: ¿Qué es más importante? Y de esa manera quedamos atrapados en un dilema ético que desde todo punto de vista está mal planteado. Habría que plantear el problema en términos de que existen unos dineros apropiados del colectivo para ser administrados de tal manera que se puedan beneficiar los miembros de ese colectivo, personas de carne y hueso y no “genéricamente” “el colectivo”.

La otra cuestión que resulta bien interesante es que cuando Saludcoop comenzó a invertir los recursos que debería invertir en salud, en otros menesteres, no se tomaron las medidas necesarias para proteger esos dineros que son públicos y deben prestar un servicio a la comunidad y no a la burocracia de una EPS como quedó demostrado plenamente. Total, el famoso derecho a la vida no deja de ser un saludo a la bandera, una posibilidad, una utopía.