Si WhatsApp fuera una empresa colombiana
Si WhatsApp fuera una empresa colombiana, bajo la legislación actualmente vigente, sería considerada una pequeña empresa. En efecto, la legislación actual establece mediante el artículo 2º de la Ley 905 de 2004 que el tamaño de empresa lo establece el número de empleados y valor total de los activos. Por tanto, actualmente una empresa que tenga menos de 50 trabajadores y cuyos activos totales no superen aproximadamente los 3.000 millones de pesos hará parte de la clasificación MYPE (micro y pequeña empresa). Así entonces, al ser considerada una pequeña empresa, WhatsApp recibiría del Estado beneficios dirigidos a dinamizar su crecimiento, tales como: descuentos en el pago del impuesto de renta y pago de parafiscales (LEY 1429 de 2010), acceso preferente a la contratación pública (LEY 1150 de 2007), acceso preferencial a convocatorias de SENA, INNPULSA, INNOVA, entre otras. Todos estos incentivos del Estado están diseñados para crear condiciones que nivelen la competencia de manera que las empresas de menor tamaño puedan competir con grandes empresas nacionales y multinacionales.
¿Tiene sentido que una empresa con un valor de mercado de 19 mil millones de dólares sea considerada por nuestra legislación como una pequeña empresa y por tanto pueda acceder a los beneficios dirigidos a las MYPES? En la nueva economía, tal como lo demuestra WhatsApp el tamaño de una empresa no lo determinan los empleados, ni los activos.
Este caso ilustra la necesidad de actualizar el marco legal colombiano vigente de clasificación de las empresas según su tamaño con el fin de realmente identificar las empresas de menor tamaño para dirigir hacia ellas el apoyo del Estado. ¿Por qué es esto relevante? Porque las empresas de menor tamaño son los mayores empleadores de mano de obra y sobre ellas recae la posibilidad de promover crecimiento y desarrollo por cuanto son más flexibles y dinámicas, y en ocasiones más productivas que las firmas de mayor tamaño.
Esta discusión en torno a las variables que determinan el tamaño de una empresa no es nueva ni exclusiva de Colombia. De hecho, posterior a la revisión de numerosas experiencias internacionales, se pudo establecer desde Propaís que de los 91 países que cuentan con esta clasificación, tan solo 23% incluyen un indicador financiero para definir el tamaño de las MIPYME. El 77% restante comparte el dilema actual de Colombia.
Estas experiencias internacionales junto con estudios locales elaborados desde el 2009, entre otros, por ASOBANCARIA y ACOPI, coinciden en proponer que el criterio optimo para determinar el tamaño de una empresa es ventas brutas anuales.
En razón a lo anterior, y con ocasión de la elección de los nuevos miembros del Congreso, es preciso retomar esta discusión y resolverla de manera definitiva a fin de que la institucionalidad cuente con herramientas idóneas para identificar a las micro, pequeñas y medianas empresas y los instrumentos de apoyo le lleguen a las empresas que realmente lo requieren.