28 de marzo de 2024

Desde hoy no más cláusulas de permancia en telefonía móvil

30 de junio de 2014
30 de junio de 2014

Ese día entrará en vigor la eliminación de las cláusulas de permanencia en los contratos de telefonía móvil, impulsada por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) y ordenada mediante la Resolución 4444 del 2014, que busca desligar el costo de los aparatos del valor de las llamadas y los paquetes de datos.

Tradicionalmente, las personas adquirían de manera conjunta el celular y el servicio pospago, y los pagaban en una misma factura. El costo del equipo variaba en virtud del valor mensual del plan y del tiempo de duración del contrato.

Así, un celular podía ‘costar’ cero pesos o mucho menos que si se compraba de contado, siempre y cuando el cliente garantizara, mediante la firma de una cláusula de permanencia, que estaría atado a un operador específico por un tiempo determinado.

Este modelo de contratación estará prohibido a partir del martes. Desde ese día, las personas deberán comprar de contado los equipos o conseguir financiación. En este segundo caso, el operador está obligado a suscribir dos contratos con el cliente, uno por el servicio y otro por el aparato, y a discriminar el cobro que hace por cada concepto en la factura mensual.

De hecho, si se atrasa en las cuotas de su celular, pero sigue cumpliendo con el importe del servicio, el operador no podrá cortarle las llamadas ni la navegación.

“La justificación de la medida es generar más condiciones de competencia en el mercado móvil, con un componente adicional: la protección de los usuarios. Con las cláusulas de permanencia no había información clara sobre cuánto se pagaba por el celular y cuánto por los servicios móviles”, explicó Juan Manuel Wilches, comisionado de la CRC.

El funcionario aclaró además que los usuarios que tengan contratos firmados antes de la entrada en vigor de la norma deberán recibir información detallada –en sus facturas– sobre las fechas de inicio y terminación de los mismos y las penalidades que rigen en caso de cancelarlos anticipadamente.

Otro de los impactos inmediatos de la norma es que seguramente aumentará la compra de celulares –libres y compatibles con cualquier operador– mediante canales distintos a los operadores, como las grandes superficies. Hoy, según cifras de la Dian, cerca del 70 por ciento de los teléfonos importados y vendidos en el país ingresan a través de los prestadores de servicios móviles, que firman grandes acuerdos comerciales con los fabricantes. El resto son importados por almacenes de cadena y comercios informales.

“El aparato no es lo más importante para nosotros, pues nuestro negocio es el servicio, el tráfico de datos y de voz, aunque el celular es el gancho que define la compra del usuario”, comentó un representante comercial de uno de los operadores. Al no poder ‘subsidiarlo’, el teléfono dejará de ser un factor definitivo en la estrategia comercial del operador, que deberá centrarse en competir con su servicio, su atención al usuario y valores agregados.

Mejorar la calidad del servicio es el principal objetivo de la CRC. En ese sentido, Wilches explicó que en la agenda regulatoria está una modificación de las condiciones de calidad que se les vienen exigiendo a los operadores de telefonía celular desde el 2011. El cambio tiene que ver con un seguimiento más detallado de la información que estos le entregan a la Comisión sobre el porcentaje de llamadas caídas.