28 de marzo de 2024

Inpec deberá decidir el centro de reclusión de ‘La Gata’

28 de febrero de 2014
28 de febrero de 2014

En su decisión, el magistrado argumentó que el juez primero de ejecución de penas de Fusagasugá no tenía las competencias para ordenar el traslado de la empresaria del chance a un centro hospitalario de la Costa Caribe. Decisión que se tomó el pasado 31 de diciembre del 2013.

Sin embargo, consideró que el funcionario no se extralimitó en sus funciones debido a que “es claro que la condenada en mención, padecía enfermedad grave que justificaba la necesidad de que continuara en reclusión hospitalaria, situación que no ha variado, por el contrario, se reafirmó con el informe de auditoría presentado por Caprecom”.

Asimismo, explicó que “la sentenciada presenta grave enfermedad y que su estado de salud, en aras de garantizar su vida, requiere manejo hospitalario dado que los centros penitenciarios no cuentan ni con el personal, ni con los medios para atenderlos”.

El togado finalizó su intervención afirmando que “el Inpec recobra el ejercicio de la facultad de decidir sobre el traslado, lo cual no implica que se que deba disponer el retorno de la condenada al sitio originario –municipio de Soacha-, o de señalar uno diferente al que en la actualidad se encuentra, sino la facultad de asumir una determinación que se acomode a la evolución del estado de salud de la condenada conforme a las recomendaciones médicas y demás aspectos pertinentes que ameriten racionalizar una decisión de tal naturaleza, que bien podría coincidir con la que rige actualmente”.