14 de octubre de 2024

Le devuelven derecho a voz y voto al concejal Cortés Carrillo

23 de octubre de 2013
23 de octubre de 2013

 

El fallo, proferido el lunes y notificado ayer, le ordena al presidente del Concejo Municipal de Manizales, que en el término de 48 horas, se le restablezcan los derechos a voz y voto al concejal Cortés, que había sido sancionado provisionalmente y privado de esas prerrogativas, por supuestamente haber incurrido en doble militancia, al respaldar en las pasadas elecciones de Gobernador a uno distinto del apoyado por la coalición liberal-conservadora.

Según el juzgado, Cortés Carrillo, miembro del grupo disidente de Tendencias Liberales, fue objeto de una medida de suspensión provisional de sus derechos por fuera de la actividad procesal disciplinaria que como tal inició apenas el 20 de septiembre.

«Por esa vía se le vulneró el derecho a recibir una notificación procesal de la medida, a impugnarla y a ejercer el derecho a la defensa. Además, la medida procesal en mención fue adoptada por quien no tiene la condición de autoridad disciplinaria, sino por quien, en los términos del artículo 80 (código de ética) tiene la facultad de solicitar el adelantamiento de la acción disciplinaria y no de tomar medidas restrictivas de los derechos de quien ni siquiera tenía la condición de investigado», consideró el juez.

En consecuencia, se declaró sin efectos la resolución 004 del 21 de agosto de 2013, por medio de la cual le habían impuesto esa sanción preventiva y por tres meses a Cortés Carrillo y también al concejal Oscar Alonso Vargas Jaramillo, a quien, de manera contraria, el juzgado segundo civil municipal declaró improcedente la acción de tutela que también había presentado, por las mismas causas.

En el caso de Vargas Jaramillo, el juzgado consideró que debió haber acudido a los recursos y acciones que consagran los estatutos del Partido Liberal para ejercer sus derechos de defensa y contradicción, como el recurso de amparo del que se refiere el artículo 19 del código de ética. Proceso que actualmente está en términos para presentar los correspondientes descargos.

Al dejarse sin efectos la sanción impuesta a Cortés, se discute, y hay duda, si por extensión podría beneficiarse Vargas Jaramillo. Sin embargo se insiste en que la tutela es de carácter personal, además, porque las decisiones fueron diferentes y proferidas por dos jueces que no coincidieron en sus interpretaciones y argumentos. En uno, se tuteló para evitar un perjuicio irremediable, y en el otro, se consideró improcedente porque existía otro medio de defensa judicial.

No obstante, contra ambos fallos, proceden los recursos de impugnación, que deberán ser presentados dentro de los tres días siguientes a la notificación de las partes. Por ahora, se sabe, que Vargas Jaramillo impugnará, por lo que hará uso de los argumentos expuestos por el juez que tuteló a su colega Cortés Carrillo, mientras que posiblemente, el Veedor y las directivas del Liberalismo, harán lo propio contra la decisión que les ordena aplicar el procedimiento adecuado.