La revolución judicial no está en cambiar la Constitución: MinJusticia
Formuló el planteamiento durante su intervención en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, en el debate del Proyecto de Ley que aplaza la entrada en vigencia del sistema de oralidad.
“La gran revolución judicial de este país no radica solamente en cambiar la Constitución, la verdadera revolución judicial es la de cumplir los términos judiciales, si analizamos todos los códigos de procedimiento desde el código judicial de 1931 durante la administración Olaya Herrera hasta nuestros días, no hay un Código que permita que un proceso dure 3, 4, 15 o más años. El Presidente Santos dice que los procesos en Colombia no pueden ser eternos”, afirmó Gómez Méndez. Y expresó además que esta iniciativa no es de origen del Gobierno pero lo respalda en tanto si lo que se busca es evitar el caos y que el aplazamiento comprometa el menor tiempo posible.
“No podemos pedir resultados si no tenemos elementos físicos para la oralidad, y quienes han estado encargados de conseguir esos resultados son los honorables magistrados de la Judicatura, que ya nos explicaron sus razones acá para la prórroga. Comencemos por esa norma, por aplicar la disposición de que los procesos judiciales se realicen dentro del término. ¿Por qué sí hemos sido capaces de hacerlo frente a la tutela?”, cuestionó Gómez Méndez.
El Ministro de Justicia indicó que la oralidad es una demanda histórica de los colombianos, que comenzó en 1948, cuando se estableció la oralidad en procesos laborales pero no se aplicó. “Recientemente se comenzó a implementar la oralidad en el Sistema Penal Acusatorio pero hay que pensar si podemos pasar de la teoría a la práctica porque hasta el momento sigue siendo un procedimiento escrito. Con la sabiduría popular las personas ya suelen decir no es sistema acusatorio sino sistema aplazatorio, por la cantidad de audiencias aplazadas”, expresó.
Finalmente, reiteró que como Ministro de Justicia está empeñado en que mejorar los tiempos de la justicia sea un estandarte de su administración: “hay muchas cosas prácticas que se pueden hacer. Si sacamos una providencia de 500 páginas podemos hacer 10 providencias de 50 páginas. Empeñémonos en cumplir los términos”.