22 de septiembre de 2023

Drásticas sanciones por transferencia y uso indebido de base de datos o por impedir corrección de la información

9 de agosto de 2013
9 de agosto de 2013

 

El anunció lo hizo hoy el Superintendente de Industria y Comercio Pablo Felipe Robledo al explicar los alcances del decreto 1377 de 2013, que reglamentó parcialmente la Ley 1581 de Protección de Datos Personales, llamada también ley Habeas Data, para garantizar los derechos de los ciudadanos a solicitar la eliminación o modificación de la información sin ninguna limitación en el tiempo.

En este sentido, la sanción también se aplicará cuando una empresa o entidad no le permita a un ciudadano actualizar, corregir o eliminar su información personal incorporada en una base de datos.

De acuerdo con el decreto reglamentario, los ciudadanos podrán ejercer su derecho de hábeas data en cualquier momento y sus datos personales sólo podrán usarse para el propósito original.

Esta normativa estableció que las empresas que quieran seguir usando datos personales que hayan recogido antes de la expedición de este Decreto, soliciten la autorización de los ciudadanos mediante los canales que usan habitualmente para comunicarse con ellos, como por ejemplo correos electrónicos, llamadas telefónicas, correos certificados, entre otros. Sólo en aquellos casos en que fuera imposible comunicarse directamente, a las organizaciones se les permitió acudir a mecanismos alternos de comunicación masiva como la publicación de avisos de prensa y/o avisos en las páginas web.

Si el usuario no contesta las notificaciones dentro de los 30 días hábiles siguientes, no quiere decir que pierda el control sobre su información, esto solo supone que las entidades y empresas pueden seguir utilizando los datos hasta tanto el ciudadano manifieste lo contrario. Eso sí, las empresas y entidades sólo pueden utilizar la información para los fines para los que inicialmente la recogió.

Esto quiere decir, que si pasado ese tiempo al que se refiere la norma para que las entidades pidan autorización a los usuarios, un ciudadano quiere ejercer su derecho de habeas data a actualizar, corregir o eliminar su información de una base de datos, lo podrá hacer de forma directa ante las entidades o empresas, y en cualquier tiempo.

La Superintendencia de Industria y Comercio señaló que verificará que se haya contactado directamente a los titulares para efectos de solicitar la autorización para poder continuar utilizando los datos personales, y que en los casos en que, de manera excepcional, se haya acudido a mecanismos como la publicación de avisos en prensa, el responsable realmente se encontrara legitimado para hacerlo.

La SIC también vigilará que no se restrinja de forma indebida el ejercicio del derecho de hábeas data por parte de las organizaciones y que en ningún caso la información se use para fines diferentes a aquellos para las cuales fue recogida.

Este régimen de transición fue avalado por la Corte Constitucional cuando se hizo el examen de revisión de constitucionalidad de la Ley General de Protección de Datos Personales (Ley 1581 de 2012).