19 de abril de 2024

Con la regulación del derecho de petición, aprobada por la Cámara de Representantes, el ciudadano podrá hacer valer sus derechos ante las autoridades

13 de junio de 2013
13 de junio de 2013

«Este es un triunfo legislativo muy importante dada la trascendencia que tiene este mecanismo para el ciudadano de a pie. Tiene una importancia institucional muy grande en la medida en que el Código Contencioso Administrativo se había quedado pendiente con el capítulo más importante que es el derecho de petición, porque la Corte lo había declarado inconstitucional. Ahora estamos dando cumplimiento a la reglamentación «, indicó la Ministra Correa.

En adelante los colombianos que lo requieran pueden comunicarse con la autoridad para reclamar la protección de sus derechos. Lo puede hacer por escrito, verbalmente, a través de un correo electrónico o un fax cuando requiera información de interés general o particualr, concepto en relación con las competencias de una dependencia, solicitar copia de documentos con información que repose en la dependencia y siempre y cuando no sean reservados.

Una vez radicada una petición en cualquier dependencia se debe atender o dar traslado a la que se considere competente, la cual deberá tramitar la solicitud dentro de los términos establecidos, salvo que mediante comunicación al interesado y en cumplimiento del artículo 6 del Código Contencioso Administrativo, ante la imposibilidad de responder dentro del término legalmente previsto, la dependencia fije un nuevo término para contestar.

Los términos de un derecho de petición se establecen, entre otros aspectos: quince (15) días hábiles siguientes a su presentación para peticiones de interés particular o general. Diez (10) días hábiles, para peticiones o solicitudes de información. Cuando no fuere posible resolver o contestar la petición en los plazos establecidos por la ley, se deberá informar así al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando a la vez la fecha en que se resolverá o dará respuesta.

«Con el derecho de petición es posible hacer respetar todos los derechos sin exclusión alguna, fundamentales o no. Allí están todos los procedimientos y el trámite rápido y eficaz para reclamar ante las entidades públicas el goce de estos derechos», agregó la Ministra de Justicia.

La funcionaria destacó además la colaboración armónica entre las tres ramas del poder en la provisión de esta nueva norma que impacta de manera tan positiva la defensa de los derechos de los ciudadanos.

El artículo 20 de esta Ley Estatutaria dispone que los periodistas tendrán en este sentido atención prioritaria frente a sus derechos de petición de información, dando así complemento al Estatuto Anticorrupción. Los demás términos quedan en 15 días para responder el derecho interpuesto y 10 días para la recepción de documentos.