18 de abril de 2024

SED hace un llamado a denunciar excesos en útiles y matrículas escolares

10 de enero de 2013
10 de enero de 2013

Con respecto a esto, se le recuerda a las familias que el incremento en las tarifas de matrículas y pensiones de colegios privados es reglamentado y autorizado por el Ministerio de Educación Nacional de acuerdo con el régimen al cual pertenece el colegio y que para el año escolar 2013, el incremento autorizado se estableció entre el 2.0 y el 4.0 por ciento, según Resolución 11940 del 24 de septiembre de 2012.
El incremento podrá aplicarse de la siguiente forma, según el régimen al cual pertenezca la institución educativa:

– Régimen Controlado: 2.0 por ciento
– Régimen de Libertad Vigilada: 3.0 por ciento
– Régimen de Libertad Regulada: 3.5 por ciento
En caso de que el colegio se certifique o acredite en ISO 9001, o cualquiera de los modelos reconocidos por el Ministerio de Educación Nacional, podrán incrementar sus tarifas en 4.0 por ciento para el año en curso.

Si los resultados de las Pruebas SABER 11 ubican al colegio privado en los niveles más altos, los incrementos podrán llegar hasta un 3.2 por ciento para colegios clasificados en el Régimen de Libertad Vigilada; y hasta un 4.0 por ciento para colegios clasificados en el régimen de Libertad Regulada.

Para tener en cuenta con los útiles escolares

La lista de útiles escolares, textos, uniformes y demás implementos que se usarán durante el año escolar, deberá contar con la aprobación del Consejo Directivo del colegio y ser entregada en el momento de la matrícula. Los colegios no podrán exigir que estos materiales le sean entregados a la institución.

La lista de útiles debió ser aprobada previamente por la Secretaría de Educación del Distrito y ser coherentes con el Proyecto Educativo Institucional del respectivo establecimiento educativo.

La SED envió a las Direcciones Locales y colegios privados una circular con las condiciones que deben tener los útiles y materiales, las cuales son:

– Los colegios no pueden solicitar materiales de dotación que ellos deben proveer tales como: implementos de aseo, material didáctico propio de las áreas y proyectos, pinturas, marcadores, etc.

– No pueden exigir marcas específicas.
– No pueden exigir la compra en lugares exclusivos.
– Los colegios deben garantizar el uso del 100% de los materiales solicitados.
– Los materiales no deben ser entregados a los colegios.
– Deben ser materiales esenciales para el desarrollo de los programas académicos.
Si tiene quejas o reclamos por excesos de los colegios en las tarifas educativas y útiles escolares, pueden presentarse a través de los siguientes mecanismos:
– En forma escrita, verbal, o telefónicamente en la Dirección Local de Educación correspondiente.
– En forma verbal o escrita en la Secretaría de Educación del Distrito, Dirección de Inspección y Vigilancia (Oficina de Atención al Ciudadano en avenida El Dorado No.66-63, 1er piso).
– Telefónicamente en la línea 3241000 ext. 2309, 2311 o 2313.
-Vía Internet en la Página www.sedbogota.edu.co, link ‘Servicios, quejas y reclamos’.