28 de marzo de 2024

Con la reforma tributaria más colombianos podrán acceder a la tecnología: Mintic

3 de enero de 2013
3 de enero de 2013

1.     Los dispositivos móviles inteligentes cuyo valor no exceda 1’120.000 quedarán exentos de IVA. (Dispuesto en el artículo 38, el cual modifica el artículo 424).

2.     Los servicios de conexión y acceso a Internet para estratos 1 y 2 estarán exentos de IVA. (Dispuesto en el artículo 55, el cual modifica el artículo 481).

3.    Los desarrollos de software nacional estarán exentos de renta. Esta disposición existe desde 2002 y se prorrogará por 5 años más. Así mismo, el MinTIC hará parte del consejo evaluador junto con Colciencias, quien ha liderado el proceso durante una década. (Dispuesto en el artículo 161).

Adicionalmente, en el artículo 38, que modifica el 424, se establece que el software lector de pantalla para ciegos entra en la lista de bienes que no causan impuesto de venta e importación.
El Ministro TIC, Diego Molano Vega, resaltó que las medidas de la reforma, en materia de TIC, ayudarán al cumplimiento de los objetivos del Plan Vive Digital.  “Continuaremos identificando y tomando las medidas de carácter tributario o legal que faciliten la masificación y uso de las TIC”, agregó.