El Consejo de Estado suspendió arresto de 3 días al director Territorial de Caldas
Para esta fecha existía una represa de 236 incidentes de desacato a fallos de tutela sin tramitar; a pesar del número de profesionales del derecho en el área de aseguramiento con los que se contaba (10) muy superior a la actual (4).
Esta situación dificultó en gran medida el cumplimiento de las acciones constitucionales y su posterior trámite, poniendo en grave riesgo a la Administración, tal como se evidencia con la actual medida de sanción (arresto y multa), por la tutela fallada el 11 de septiembre de 2011, que condenaba a la DTSC al suministro de un medicamento, el cual fue entregado parcialmente al paciente el día 22 de mayo de 2012, dosis que posteriormente aun sin el lleno de los requisitos se completó la entrega de la dosis el día 13 de junio de 2012, en cumplimiento al fallo proferido por el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Manizales y de lo cual da fe el accionante mediante escrito de la misma fecha.
Para la fecha se han gestionado 325 incidentes de desacato y se han atendido 2375 acciones de tutela, en las cuales la Organización ha generado y procurado todos y cada uno de los servicios de salud requeridos por los usuarios del Régimen Subsidiado de eventos NO POS (Plan Obligatorio de Salud), inclusive de Servicios incluidos en el POS, que son competencia de los Aseguradores, y que de manera eficiente y oportuna se han garantizado por la Entidad, encaminados a la protección efectiva de los Derechos fundamentales, en cumplimiento a las providencias emitidas por los diferentes despachos judiciales de Caldas.
Para la Dirección Territorial de Salud esta clase de eventos son desafortunados, toda vez que el Ente Territorial durante la actual administración ha trabajado con las herramientas otorgadas por la función pública entre ellas, los principios de oportunidad y celeridad en lo que refiere a garantizar el acceso al Sistema de Seguridad Social en Salud.
Los esfuerzos no han sido solo de carácter administrativo y fiscal, también el compromiso del talento humano de la Institución, para sacar avante cada uno de estos procesos, teniendo en cuenta que la responsabilidad no es exclusiva de la DTSC, sino de los diferentes actores del Sistema como son las EPS´s y los diferentes prestadores de salud IPS.
La Dirección Territorial de Salud de Caldas, pese a la Unificación del Plan Obligatorio de Salud POS, continúa recepcionando un número elevado de Tutelas, en promedio 30 por día.
La entidad se encuentra a la espera del fallo de la Tutela interpuesta por el Director General de la Dirección Territorial de Salud de Caldas, frente al fallo del Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Manizales, decisión refrendada por el Tribunal Contencioso Administrativo del Departamento.