8 de diciembre de 2024

Procuraduría presentó ante la Corte demanda de casación en el proceso contra el general Uscátegui

9 de abril de 2012
9 de abril de 2012

Al militar, el Tribunal Superior de Bogotá, en fallo de segunda instancia proferido en noviembre de 2009, lo condenó a la pena principal de 40 años de prisión, multa de 10 millones de pesos y 10 años de inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el delito de coautor de homicidio agravado en concurso homogéneo y sucesivo, revocando el fallo de primera instancia que ordenaba la absolución de Uscátegui Ramírez del proceso.

En su solicitud, el Ministerio Público pidió a la Corte cesar la sentencia en segunda instancia, ya que “no era factible atribuir la responsabilidad del oficial del ejército por la conducta omisiva deducida de la acusación, pues para ello era necesario acreditar en concreto la condición de garante que le correspondía en el asunto, y no conformarse con la simple capacidad de mando que podía ostentar sobre el batallón Joaquín París, motivo por el cual, el cargo planteado por la defensa debe prosperar, pues las pruebas omitidas por el Tribunal tenían la virtualidad de desquiciar el fallo de segunda instancia”.

En la casación, la Procuraduría pide particularmente con relación al sexto cargo indilgado al general en retiro, referente a la “violación indirecta de la Ley sustancial por error de hecho por falsos juicios de existencia”, cesar la sentencia y en su lugar, dejar en firme la absolución decretada por el juzgado de primer grado a favor de Jaime Humberto Uscátegui.

De igual forma, solicitó concretar en el fallo de casación las víctimas de los delitos de homicidio y secuestro de acuerdo a lo demostrado hasta ahora, así como la responsabilidad de los condenados en el proceso y sobre esa base, redosificar la pena que se impuso por un número indeterminado y no individualizado de víctimas. El Ministerio Público también requirió a la Corte para que declare la nulidad parcial de la sentencia por indeterminación del objeto material de los hechos delictivos.

Finalmente la Procuraduría General de la Nación instó a la Corte Suprema de Justicia para que, en el evento que se decida mantener en firme la sentencia condenatoria, precise que el general (r) Uscátegui cometió el delito a título de autor por omisión impropia.