11 de septiembre de 2024

Procuraduría confirma suspensión e inhabilidad por 12 meses al ex presidente del Concejo de Génova

22 de febrero de 2012
22 de febrero de 2012

Al concejal sancionado se le reprocha por irregularidad en el ejercicio de sus funciones por no haber declarado la vacante del cargo de un concejal condenado penalmente en octubre de 2009.

La orden desacatada por Salcedo Marín, por el cual se le imputó el cargo disciplinario, consistió en haber permitido que continuara actuando como edil el señor José Arnobio Ramírez, quien había sido condenado por el Juzgado Único Penal del Circuito de Calarcá, Quindío, a la pena principal de 32 meses de prisión e inhabilidad permanente para ejercer el cargo de concejal.

El fallo emitido por la Procuraduría Regional del Quindío, que resuelve el recurso de apelación instaurado por el disciplinado, confirma que la situación quedó enmarcada dentro del contenido de la norma Constitucional, en la adición del artículo 261 del año 93, que dice que «Las faltas absolutas o temporales serán suplidas por los candidatos que según el orden de inscripción en forma sucesiva y descendente, correspondan a la misma lista electoral».

El fallo de primera instancia fue proferido el 09 de noviembre de 2011 por la Procuraduría Provincial de Armenia.