Cobro por retiro en otra red bancaria no deberá exceder los $3.965
Además, prohíben el cobro de operaciones fallidas en cajeros automáticos, se deberá enviar un reporte de los costos a los usuarios, habrá un paquete de servicios básicos para que los usuarios comparen las tarifas, son las exigencias del Gobierno.
El Gobierno anunció cambios en la fijación, difusión y publicidad de los precios de los productos y servicios que ofrecen las entidades financieras.
El ministro de Hacienda explicó que con la expedición del decreto 4809 del 20 de diciembre de 2011 fija topes a retiros de dinero en cajeros electrónicos por fuera de la red propia, que no podrán ser mayores a 3.965 pesos que estará vigente hasta el 31 de diciembre y la siguiente hasta junio de 2012.
Otras medidas adoptadas contempla que envío por parte de las entidades financieras a los consumidores un informe sobre la suma total de los costos pagados que ha pagado anualmente, para que el impacto de estos cobros en su bolsillo.
La divulgación de las tarifas asociadas a retiros en cajeros no será opcional y en todo caso, cuando el retiro se realice por fuera de la red propia de la entidad la tarifa no podrá exceder el valor de 20 UVRN actualmente cerca de 3.965 pesos.
También decidió la norma que los precios por consulta de saldos y transacciones a través de internet, en ningún caso podrán ser superiores a las cobradas por otros canales. Prohíbe incrementar las tarifas cobradas a los clientes, ni imponer obligaciones adicionales a las inicialmente pactadas, sin antes haberlo notificado al cliente, con antelación no inferior a 45 días.