28 de marzo de 2024

Aprobado en segundo debate Régimen Municipal

15 de noviembre de 2011
15 de noviembre de 2011

Tiene como propósito poner a tono a los entes territoriales con los avances de descentralización en los que está empeñado el Gobierno del presidente Santos, de acuerdo con lo expresado en la Constitución Nacional.

Tras la aprobación de esta iniciativa el Ministro del interior; Germán Vargas Lleras, resaltó que este semestre será el de “la revolución de los entes territoriales”.

“Este proyecto es una verdadera revolución para todos los municipios, el Código que está vigente fue expedido en el año 86, de manera que este proyecto  actualiza toda la legislación y por lo tanto la moderniza”, afirmó el jefe de la cartera política.
 
El articulado del proyecto contempla que los municipios de frontera podrán celebrar convenios, con entidades territoriales limítrofes del mismo nivel, para adelantar programas de cooperación e integración que fomenten el desarrollo comunitario, la prestación  de servicios públicos y la preservación del medio ambiente.
 
El Ministro Vargas Lleras explicó que esta iniciativa incluye la creación de nuevas tipologías de municipios según sus énfasis: ambientales, turísticos, de frontera, portuarios, aduaneros. Así mismo, estipula que los concejos municipales deberán tener en cuenta la participación de las comunidades en lo referente con la inversión presupuestal, según las necesidades y prioridades.
 
Igualmente, en este segundo debate, fue aprobado que los Alcaldes deberán liderar, desarrollar y promover planes integrales de seguridad y convivencia ciudadana, para garantizar instrumentos efectivos contra la delincuencia urbana.
 
Este proyecto incluye la capacitación para los concejales y la formación gratuita a cargo de la Escuela de Administración Pública, ESAP, y el Sena, teniendo en cuenta que cerca del 80 por ciento de los cerca de 12.500 concejales del país carecen de formación profesional.
 
También fue aprobado que los alcaldes podrán celebrar contratos dirigidos a atender situaciones de desastres o riesgos inminentes y seguridad, sin que necesiten, para estos casos específicos, autorización del Concejo Municipal. Además la Penaría de la Cámara dio vía libre al artículo que dinamiza las funciones del personero municipal incluyendo a su cargo tareas como las de velar por el goce efectivo de los derechos de la población víctima del desplazamiento forzado.