28 de marzo de 2024

Jornada laboral especial en la Gobernación de Caldas

20 de octubre de 2011
20 de octubre de 2011

Según la disposición se modificó el horario de la jornada laboral, que será continua de 7:00 a.m. a las 2:30 p.m., con atención al público hasta las 2:00 p.m. Los directivos de las entidades descentralizadas del nivel departamental podrán mediante acto correspondiente, establecer la misma jornada laboral especial. Se exceptúa de esta medida a los funcionarios públicos que tienen a su cargo la prevención y atención de emergencias y desastres de la administración departamental.