Jornada laboral especial en la Gobernación de Caldas
Según la disposición se modificó el horario de la jornada laboral, que será continua de 7:00 a.m. a las 2:30 p.m., con atención al público hasta las 2:00 p.m. Los directivos de las entidades descentralizadas del nivel departamental podrán mediante acto correspondiente, establecer la misma jornada laboral especial. Se exceptúa de esta medida a los funcionarios públicos que tienen a su cargo la prevención y atención de emergencias y desastres de la administración departamental.