Procuraduría pidió no acceder a pretensión de pérdida de investidura del senador Lizcano
El senador fue demandado por supuestamente vulnerar la causal señalada en el numeral 5 del artículo 183 de la Carta Política, al incurrir en tráfico de influencias por postular el nombre del señor Yilber Olarte para ocupar el cargo de coordinador de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República.
El procurador séptimo delegado ante el Consejo de Estado, Rafael Francisco Suárez Vargas, explicó que al analizar las pruebas que obran en el proceso no se dan los elementos que configuran causal de pérdida de investidura por tráfico de influencias.
Explicó que la jurisprudencia del Consejo de Estado ha señalado que esta causal se da cuando se antepone la investidura ante un servidor público para lograr determinada actuación y concurren los siguientes elementos: que se ostente la dignidad, que se invoque tal condición para recibir o hacer prometer alguna dádiva y la decisión que se adopta beneficia al congresista.
Señaló que la postulación hace parte de una de las potestades que tienen los congresistas para la designación de los cargos de libre nombramiento y remoción, como es el caso de la Coordinación de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República.