Procuraduría destituye a la senadora Amparo Arbeláez
En su decisión de única instancia, el jefe del Ministerio Público señaló que la señora Arbeláez Escalante suscribió de manera irregular un contrato de investigación y adaptación tecnológica de un sistema de transporte por cable en el municipio de Buenavista en el cerro de las Tres Cruces, para lo cual solicitó oferta únicamente a una firma especializada y realizó el proceso sin tener en cuenta los estudios previos requeridos para la contratación.
Señala la Procuraduría que la primera fase del contrato tenía la naturaleza de un contrato de consultoría y, la segunda fase, de un contrato de obra, lo cual obligaba a adelantar en el primer caso un concurso de méritos y en el segundo una licitación pública y no realizar una contratación directa, como en efecto se hizo.
Advierte el Ministerio Público que no se encuentra relación del objeto contratado con “actividades especiales contempladas dentro de la difusión científica, desarrollo tecnológico, redes de investigación, innovación, cooperación y transferencia de tecnología (…) y por el contrario, todas y cada una de las actividades que integran el proyecto cuentan con una frecuencia recurrente en cuanto a su ejecución en los campos de la ingeniería, la minería y otros”.
La Procuraduría concluyó que el señor Gil Cardozo es disciplinariamente responsable de impartir su visto bueno al proyecto y al contrato cuestionado, sin contar con los estudios previos y sin adelantar un proceso de selección objetiva del contratista.
A la señora Liliana García se le halló responsable de avalar la etapa precontractual y la suscripción del contrato mediante la modalidad de contratación directa, sin considerar que éste no tenía la naturaleza de investigación y adaptación tecnológica.
Contra esta decisión procede el recurso de reposición.