Consejo de Estado no indemnizará a víctimas del conflicto sin pruebas contundentes
Así lo determinó el Consejo de Estado, al absolver a la Policía Nacional de cualquier responsabilidad en los supuestos daños que causó un hostigamiento del frente 50 de las Farc a la estación de la Fuerza Pública en el corregimiento 'La Bella', del municipio de Calarcá (Quindío), el 18 de noviembre de 1997.
El máximo tribunal determinó que en este caso no se demostró ni la omisión, ni la falla en el servicio por parte de los agentes del Estado, que estaban defendiendo la estación de Policía atacada por las Farc.
“No se pudo comprobar en la demanda que existiera una conducta activa u omisiva, jurídicamente imputable a una autoridad pública, ni se estableció que el presunto daño se produjo como consecuencia directa de la acción o la omisión atribuible a la entidad accionada”, precisa la decisión.
Y añade que las pruebas aportadas en el proceso no permiten establecer si los daños que los demandantes denuncian, son consecuencia de la incursión armada.