Los derechos de los Nule
… de las sociedades civilizadas, consagrada en la Constitución Política, en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el Pacto de San José de Costa Rica, entre muchos otros tratados internacionales, que constituye un conjunto de garantías que implican un límite al abuso del poder del Estado y, de contera, un mecanismo que asegura el respeto pleno y absoluto por los derechos y el trato digno reconocido por la ley a las personas encartadas en un proceso penal.
La institución del Debido Proceso comprende una serie de principios, como el de legalidad, el del juez natural, la favorabilidad de la ley penal, el de la presunción de inocencia y el derecho a la defensa, que se erigen como pilares del Estado Social de Derecho. La democracia se muestra en su esplendor cuando las garantías procesales de un sindicado son respetadas a cabalidad. La trascendencia del Debido Proceso se enmarca y tiene como fin la consecución de un orden justo, y pierde su espíritu e identidad cuando la aplicación de justicia se torna vindicativa y revanchista. El Estado, y la sociedad en general, al desconocer las reglas establecidas para desatar los procesos penales, dejan de ser víctimas para convertirse en verdugos. Para evitar tal cosa, todos los ciudadanos, sin distingo de raza, sexo o condición, y por más grave que sea el delito del que se les acusa, deben gozar del máximo de garantías jurídicas en relación con las actuaciones judiciales encaminadas a la observancia del Debido Proceso.
Los Nule tuvieron el valor civil de regresar al país a responder por sus actos, a diferencia de algunos ‘ilustres’ empresarios del interior –protagonistas de los más grandes desfalcos públicos de la historia de Colombia– como Roberto Soto Prieto (implicado en un sofisticado y millonario robo electrónico de una cuenta que tenía la Nación en el Chase Manhattan Bank de Londres), Jaime Michelsen Uribe (fundador del Grupo Grancolombiano, condenado por autopréstamos y operaciones especulativas), Fabio Puyo Vasco (autor del robo de la Hidroeléctrica del Guavio) y Álvaro José Lloreda (condenado por la negociación de espurios mandamientos judiciales de Foncolpuertos), quienes aguardaron en el exterior cómodamente a que madurara el fruto de la prescripción, burlando con ello a la Justicia.
El Estado en pleno tiene la obligación de proteger la vida de los Nule y la de sus familias, y asegurar para ellos un juicio imparcial, objetivo y ajustado a derecho, aun cuando un amplio sector de la sociedad quiera someterlos a un linchamiento judicial, olvidando incluso que nuestra legislación no contempla la cadena perpetua ni la pena de muerte.
A los Nule los abandonaron todos aquellos que se sirvieron de ellos y se hicieron ricos por cuenta del clan costeño: prestigiosos abogados, reconocidos periodistas, encumbrados políticos y empresarios de todo tipo. Lo que jamás abandonará a los Nule, ni les podrán quitar, son los Derechos con que los ampara la Constitución y la Ley.
La ñapa: ¡Feliz cumpleaños, mi querida Barranquilla, te llevo en el corazón! ¡Gracias por acogerme como un hijo más! El Heraldo.
Por Abelardo De la Espriella