Se fijaron nuevas tarifas para peajes en Caldas
La Estrella
Categoría primera: $4.900 (autos, camperos, camionetas, vehículos pequeños).
Categoría segunda: $5.600 (camiones, vehículos de dos ejes y capacidad de carga de 3 toneladas o más).
Categoría tercera: $14.200 (camiones de tres ejes incluidos los articulados).
Categoría cuarta: $18.400 (mulas o camiones de cinco ejes).
Categoría quinta: $20.700 (mulas o camiones de seis ejes).
Categoría primera especial: $3.800 (vehículos de servicio público que cubran la ruta Salamina-Manizales y hasta de 10 pasajeros).
– Los vehículos de la fuerza pública que transporten personal uniformado, vehículos del Cuerpo de Bomberos y las ambulancias oficiales no pagarán peaje.
– El Artículo segundo del Decreto establece que los vehículos con más de 6 ejes pagarán la suma de $6.800 adicionales sobre la categoría quinta para cada eje adicional.
– El Artículo cuarto del Decreto establece que los vehículos que presten el servicio de grúa pagarán la tarifa correspondiente a la categoría del vehículo que efectúa la tracción y además cancelará la tarifa de $4.800 por cada eje del vehículo remolcado que haga contacto con el pavimento.
Quiebra de Vélez
Categoría primera: $2.400 (autos, camperos, camionetas, vehículos pequeños).
Categoría primer especial: $1.400 (vehículos de servicio público de hasta 10 pasajeros que deben tener calcomanía de tarifa primera especial).
Categoría segunda: $7.800 (camiones, vehículos de dos ejes y capacidad de carga de 3 toneladas o más).
Categoría segunda especial buses: 4.500 (vehículos de dos ejes buses y busetas que deben tener calcomanía de segunda especial buses).
Categoría segunda especial volquetas: $4.500 (vehículos de dos ejes volquetas que deben tener calcomanía de segunda especial volquetas).
Categoría tercera: $18.900 (camiones de tres o cuatro ejes incluidos los articulados).
Categoría cuarta: $27.000 (mulas o camiones de cinco ejes).
Categoría quinta: $30.900 (mulas o camiones de seis ejes).
– Los vehículos de la fuerza pública que transporten personal uniformado, vehículos del Cuerpo de Bomberos y las ambulancias oficiales no pagarán peaje.
– El Artículo segundo del Decreto establece que los vehículos con más de 6 ejes pagarán la suma de $6.700 adicionales sobre la categoría quinta para cada eje adicional.
– El Artículo cuarto del Decreto establece que los vehículos que presten el servicio de grúa pagarán la tarifa correspondiente a la categoría del vehículo que efectúa la tracción y además cancelará la tarifa de $4.700 por cada eje del vehículo remolcado que haga contacto con el pavimento.