6 de diciembre de 2024

Procuraduría Formuló pliego de cargos a directivos del IDU

21 de enero de 2011
21 de enero de 2011

Según la investigación disciplinaria adelantada por la Procuraduría Segunda Distrital de Bogotá, los hechos están relacionados con irregularidades en materia de contratación estatal con evidente detrimento patrimonial para los recursos públicos de Bogotá.

El Ministerio Público, basándose en las pruebas documentales recaudadas en el proceso, manifestó que al parecer la señora Pardo Gaona, en su condición de máxima autoridad del IDU, omitió su deber legal funcional de velar, vigilar y controlar el estricto cumplimiento de las funciones administrativas y contractuales delegadas en el señor Meléndez Julio, subalterno.

El Director Técnico Legal suscribió diez (10) contratos de prestación de servicios, que sumados todos superaron los mil ochocientos millones de pesos, sin respetar, entre otras irregularidades, las tarifas máximas reglamentarias previstas, que para la fecha de cada contrato suscrito, no superaban los $ 10.450.000, en el evento que se tratara de un asesor general (cargo máximo).

La PGN recalcó que la investigada pudo haber incurrido en falta disciplinaria gravísima, debido a que delegó la celebración de contratos por valores de 700, 300, 167, 110, 87 y 65 millones de pesos en el funcionario de su institución, señor Meléndez Julio, sin realizar los controles legales correspondientes en materia de contratación.

Por su parte, el Director Técnico Legal del IDU, señor Inocencio Meléndez Julio, pudo incurrir en falta disciplinaria gravísima, toda vez que con facultades legales para contratar, debía adelantar sus funciones, especialmente, basado en los principios legales de la contratación estatal, la responsabilidad y transparencia estipulados en la Ley 80/93.

Por el contrario, el funcionario en mención suscribió dichos contratos sin tener presentes las tarifas máximas legales vigentes (hasta $10.450.000 para asesor general); aceptó la cesión del contrato de los $ 700 millones sin justificación legal alguna, suscribió contratos con el mismo objeto y no realizó las reuniones semanales exigidas y pactadas para obtener los respectivos informes.