5 de diciembre de 2024

En audiencia pública, Procuraduría sanciona a Gobernador (e) del Valle

26 de enero de 2011
26 de enero de 2011

El Ministerio Público comprobó que el disciplinado ejerció el cago ya señalado al mismo tiempo que desempeñaba el cargo de representante legal y presidente de la junta directiva de la Sociedad Anónima Plaza de Toros de Cali, situación que constituye falta disciplinaria.

La Procuraduría desestimó los argumentos de la defensa frente al hecho de que el cargo desempeñado en la Sociedad Plaza de Toros era de naturaleza privada y no recibía remuneración alguna, pues el régimen de incompatibilidad de los gobernadores plantea una prohibición para ser gobernador y desempeñar simultáneamente otro tipo de cargo o empleo, sea de carácter público o privado.

Adicionalmente, la falta de actividad como representante legal de la Sociedad Plaza de Toros de Cali durante el tiempo que ejerció el cargo de Gobernador encargado tampoco lo exime de responsabilidad disciplinaria, advirtió el Ente de Control.

La Procuraduría tampoco compartió los argumentos de la defensa que señalaban que la aceptación del cargo de Gobernador constituía “un deber constitucional y legal”, pues este tipo de cargo no es de forzosa aceptación y adicionalmente, dicho nombramiento bien pudo haber recaído en otra persona.

La falta fue calificada como grave cometida a título de culpa grave pues el señor Salcedo Guerrero no actuó con el suficiente cuidado y diligencia, pese a que disponía de todas las posibilidades para consultar su situación e investigar si era idóneo para desempeñar el cargo.

Teniendo en cuenta que el señor Salcedo Guerrero no ostenta en la actualidad el cargo de Gobernador, la suspensión se convierte en multa equivalente a dos meses de salario devengado para la época de los hechos.

La decisión no fue apelada por el sancionado y en consecuencia ésta quedó ejecutoriada y en firme.