3 de diciembre de 2024

Aclaran situación de Luis Fernando Arboleda en caso de Condominio Islarena

26 de enero de 2011
26 de enero de 2011

El texto delo comunicado es el siguiente:

El  condominio Islarena es un conjunto habitacional de naturaleza familiar  ubicado en el km 44 de la vía al mar que conecta  Barranquilla y Cartagena.

Su estructura jurídica  establece que la propiedad del terreno está en cabeza del Condominio y que los miembros disfrutan a perpetuidad  del uso de las soluciones habitacionales, quedando la propiedad en cabeza de ISLARENA.

El Condominio fue legalmente constituido en el año 1996 por la promotora CORCARIBE, con cabida de  100 derechos.

CORCARIBE en su calidad de promotora y titular de buena parte de los derechos, asignó 8  a un Edificio de apartamentos. Con las facultades que tenía como promotora del Condominio, firmó un Contrato para la Construcción de un Edificio de 8 apartamentos con el arquitecto Miguel Reyes. En el Contrato, se dejaba  constancia de la aceptación por parte de Reyes de la estructura jurídica de ISLARENA y que el Edificio se construía en terrenos de esta, y por lo tanto, la propiedad del Edificio quedaba en cabeza del Condominio.

 Así mismo, en diferentes comunicaciones Miguel Reyes acepta como socio el pago de cuotas de sostenimiento, al igual que los demás miembros e incluso se disculpa por el atraso en el pago de las mismas, situación anómala que se dio desde prácticamente el comienzo de la Obra.

En septiembre del año 1998 Miguel Reyes se dirige a Mauricio Pardo manifestándole  gran interés en que se puedan obtener matriculas inmobiliarias para sus apartamentos. Le envía un proyecto de “Declaración de Construcción” para la firma del representante legal, Sr. Pedro Niño Rodríguez. El Documento describe  lo que es la construcción, sin entrar en detalles sobre el origen de los recursos para la construcción. Pedro Niño lo firma en Bogotá ante Notario  y lo despacha a Mauricio Pardo Koppel (CORCARIBE) para que él lo entregue a Miguel Reyes. Desde ese momento Pedro Niño Rodriguez desconoce la suerte del documento, entre otros motivos, por haber dejado de ser Representante Legal de ISLARENA.

Nueve  años más tarde, en el 2008, y a raíz de una demanda penal presentada por Oscar Isaza como adquiriente de los derechos de Miguel Reyes, se menciona una escritura de Julio de 1999  de la Notaria Segunda de Cartagena, firmada, según el texto de la demanda, por Pedro Niño, en la que se protocoliza un reglamento de Propiedad horizontal y se afirma que el Edificio se hizo con “recursos propios del Condominio”. Según el sr Isaza, aquí se configura “el robo del edificio”. En la mencionada escritura aparece un reglamento de Propiedad Horizontal que nunca fue conocido, ni por Pedro Niño ni por integrante alguno de la Junta de ISLARENA.

Citado a indagatoria, Pedro Niño desvirtúa ante la Fiscalía el hecho de que él haya sido el firmante, al acompañar pruebas grafológicas contundentes que prueban que él no es el autor de la firma. Los documentos consignados en la Fiscalía por Pedro Niño muestran que quien estaba interesado en obtener el registro catastral era el arquitecto Miguel Reyes.

Durante el período que va hasta 2008, el Condominio trató, por todas las formas posibles, de arreglar la situación de cartera morosa con el Sr. Isaza. En alguna ocasión se llegó con él a un arreglo mediante el cual entregó en pago por deudas con el Condominio derechos sobre apartamentos.

Posteriormente alegó que había sido forzado a estos arreglos y que no estaban obligados al pago de cuotas de sostenimiento pues nunca habían sido miembros o socios del Condominio y amenazando con denuncias penales contra miembros de la Junta Directiva y del Condominio, así como a antiguos  Directivos de la Promotora Corcaribe.

Durante todos estos años el Sr. Isaza bien ha podido comercializar los derechos sobre sus aptos. No lo ha logrado, quizás porque no ha terminado el Edificio. Obviamente de lograrlo, debe ponerse al día en las cuotas que debe.

En Enero de 2011, la Junta Directiva  se enteró de la Decisión tomada por la Fiscal 14 de de la Unidad de delitos de la Administración pública de Cartagena, en la que profirió medida de aseguramiento contra: Alvaro Mendoza Ramirez, Pedro Niño Rodríguez, José Luis Fernando Henao, Luis Fernando Arboleda, Carlos Córdoba Congote, Luis Uribe Villanueva, Mauricio Pardo Koppel, Oscar Werner Arévalo Habbad y José Víctor Carvajal (sic)

Allí mismo, la fiscal “resuelve suspender la medida de detención preventiva” ya que “los investigados desde el primer instante mostraron su interés en acudir a las citaciones y diligencias donde se requirió su presencia y han estado a través de sus apoderados pendientes de la decisión que se tome”

Los denunciados, durante sus indagatorias, entregaron abundante material probatorio para desvirtuar las acusaciones. Es de destacar que algunos de los denunciados no fueron escuchados o no pudieron terminar la indagatoria.

Los apoderados se notificaron y apelaron lo resuelto, de acuerdo con las posibilidades que otorga la Ley  en estos casos.

ISLARENA, Enero de 2011.