Juzgado de Armenia declara nulidad de acción disciplinaria contra ex rector de la U del Quindío
El proceso disciplinario fue adelantado por parte de la Procuraduría Regional del Quindío y la Procuraduría Delegada para la Economía y la Hacienda Pública. En éste se le reprochó disciplinariamente al señor Parra Cardona el hecho de que hubiera ordenado el pago retroactivo de honorarios a los miembros del Consejo Superior Universitario.
La decisión judicial señala que el Ministerio Público trasgredió el debido proceso en desarrollo del proceso disciplinario adelantado contra el señor Parra Cardona y en consecuencia, decretó la nulidad de los actos emanados de los despachos ya mencionados.
Adicionalmente, al referirse al restablecimiento del Derecho que le asiste al entonces rector, el Juzgado Cuarto Administrativo de Armenia ordenó a la Procuraduría cancelar “todos los salarios, prestaciones y demás emolumentos de trabajo dejados de percibir por el demandante, a raíz de la destitución de que fue objeto según el proceso declarado nulo”.
A su vez ordenó al Ente de Control que económicamente se indemnice el daño moral que se causó al señor Rafael Parra Cardona con una suma equivalente a veinte salarios mínimos mensuales legales vigentes “dada la angustia que sufrió el demandante al ser destituido del cargo que desempeñaba”.
La sentencia del Juzgado Cuarto Administrativo de Armenia quedó ejecutoriada el 11 de noviembre del presente año.