28 de marzo de 2024

De los reyes sin Corte a la Corte sin Rey

5 de noviembre de 2010

El concepto favorable le permite al Gobierno, encontrar una opción que no hiere profundamente las toldas uribistas y legítima la actuación, o la falta de ella, de la Corte (cuya constitucionalidad algún día deberá ser analizada por expertos). Vencidos estos obstáculos el Gobierno le devuelve el balón a la Corte con tres nombres de renombre público, sin cuestionamientos y con una carrera pública lejos de favorecimientos partidistas.

En estas condiciones se rompe el que presumiblemente ha sido  el principal argumento para que la Corte Suprema no haya podido elegir Fiscal: la cercanía de los candidatos al expresidente Uribe. Este tipo de sospechas del favorecimiento del fiscal al presidente que lo postula no son nuevas, sólo que esta vez logró producir un efecto institucional.

Una razón para este cambio, la encuentro en que durante los dos mandatos del presidente Uribe se presentó casi una fusión entre el Gobierno y las mayorías del Congreso, creando un incentivo para que el control del poder político, recayera con mayor vigor en la Rama Judicial. La desconfianza que tal unión produce hace de la Justicia el mecanismo de contrapeso, garante de la división de los poderes públicos.

Este rol político que cumple la Rama Judicial, es una de las tensiones que existe en su interior y que justifica la reflexión sobre la reforma a la justicia y el rol del juez dentro del sistema, particularmente sobre si existen límites a su capacidad de decisión.
Confiamos que las calidades de los candidatos, le permitirán a la Corte Suprema llegar a una decisión. Sin embargo, el alto tribunal está en el deber de revisar sus procedimientos internos que resultan inadecuados, como lo demuestra que no ha habido acuerdo en la designación de un Presidente en propiedad del mismo.