28 de marzo de 2024

Procuraduría absolvió al gobernador del Cauca

8 de octubre de 2010
8 de octubre de 2010

Por irregularidades en el manejo del presupuesto del departamento del Cauca referidas a la inversión de excedentes de liquidez, la Procuraduría General de la Nación sancionó a María Elena Ramírez Rengifo, Tesorera General del departamento del Cauca y a José Harold Casas Valencia, con destitución e inhabilidad por 20 y 10 años, respectivamente.

El fallo de segunda instancia indica que la señora Ramírez Rengifo le giró a Probolsa 16 mil millones de pesos, sin cumplir las normas legales vigentes que regulan el procedimiento para la inversión de los excedentes de liquidez de las entidades territoriales, lo cual habría representado un incremento patrimonial injustificado de Probolsa S.A. de más de 7 mil millones de pesos y un detrimento patrimonial al Cauca por esa misma suma de dinero.

Es claro que la tesorera violó los deberes legales inherentes al ejercicio de las facultades asignadas por el artículo 111-4 de la Ordenanza 034 de 1996 Estatuto Orgánico del Presupuesto del Cauca, norma que faculta a la Tesorería General del departamento a realizar la inversión de sus excedentes de liquidez, previa autorización de la Secretaría de Hacienda”, en este caso particular de la Secretaría Administrativa y Financiera.

En ese sentido, se le endilgó responsabilidad disciplinaria al Doctor Casas Valencia, quien permitió que la Tesorera General realizara las cuestionadas inversiones.

Es claro que la atribución de efectuar las inversiones objeto de investigación es una función de la Tesorería General del departamento, pero sometida a la autorización del Doctor Casas Valencia en su calidad de Secretario Administrativo y Financiero de la gobernación del Cauca.

Para el Ministerio Público se encuentra comprobado que “la desatención de las normas reguladoras de la inversión temporal de excedentes de liquidez, el departamento del Cauca sufrió un detrimento patrimonial superior a los siete mil seiscientos millones de pesos”.

Dentro de esta decisión disciplinaria la Procuraduría absolvió de toda responsabilidad disciplinaria al Gobernador del departamento del Cauca, Guillermo Alberto González Mosquera, pues es claro que, de acuerdo con la ordenanza 034 de 1996, la función de control sobre las inversiones proyectadas a la Secretaría de Hacienda estaba asignada al señor José Harold Casas Valencia.

Por consiguiente, “la conducta del Gobernador no podía constituir medio habilitante de las inversiones realizadas por la tesorera del departamento pues no estaba prevista como requisito de tales operaciones financieras. Desde tal perspectiva, la conducta base de la imputación formulada al señor González Mosquera resulta inocua y carente de idoneidad para hacer depender de ella la conducta propias de la Doctora maría Elena Ramírez Rengifo”.