29 de marzo de 2024

Procuraduría destituye a soldado del Ejército que mató a campesino en Samaná

4 de agosto de 2010
4 de agosto de 2010

La investigación permitió establecer que el 31 de octubre de 2005, en desarrollo de una operación militar adelantada contra integrantes de las FARC, en una vereda del municipio de Samaná (Caldas), el soldado Díaz Corrales dio muerte a un ciudadano cuando se encontraba en estado de indefensión.

De acuerdo con las declaraciones aportadas al proceso disciplinario, los militares fueron atacados desde una vivienda, y en consecuencia, por estrategia militar y por la misma seguridad de la tropa, se acercaron a la residencia en que habitaba la víctima para realizar una verificación de sus moradores y posteriormente lo obligaron a tenderse en el suelo en estado de indefensión y seguidamente el soldado Díaz Corrales le apuntó con el fusil y disparó.

Concluye el fallo de primera instancia que el tratamiento dado al ciudadano “fue un tratamiento irregular, no fue un tratamiento que se le debe dar a unas personas ajenas al conflicto, se deduce que se le da a una persona sospechosa de haber incurrido en un ilícito (…)”.

La Procuraduría estableció que el ciudadano no se encontraba participando directamente en las hostilidades propias del conflicto armado interno que vive el país y por lo tanto, tenía la condición de persona protegida por el Derecho Internacional Humanitario.

Dentro de la determinación disciplinaria se exoneró de responsabilidad disciplinaria a los soldados Wilson Orlando Díaz Corrales, Iván Fernando Castañeda Velásquez, Willintong Urrego Caron, Franklin Alberto Medina Rodríguez, de la conducta relacionada con la “violación en habitación ajena por parte de servidor público”, al comprobar que su actuar se debió al estricto cumplimiento de su deber constitucional.