6 de octubre de 2024

Destituido e inhabilitado Alacalde de Fusagasugá (Cundinamarca)

3 de agosto de 2010
3 de agosto de 2010

El Órgano de Control consideró que el señor Páez Castro incurrió en falta disciplinaria al vincular a personas ajenas a la entidad con la Alcaldía Municipal para que prestaran sus servicios a esta institución, sin que mediara ningún contrato u orden de prestación de servicios entre ellos.

Como segunda falta, la PGN determinó que el Alcalde en cuestión permitió que su esposa, María Belén Jiménez de Páez, interviniera tomando decisiones administrativas de su despacho, que solo podía tomar él como representante legal del Municipio.

Por otra parte, la Entidad estipuló que dentro del cúmulo de contratos por prestación de servicios realizados entre los años 2008 y 2009 se incurrió en sobrecosto, pagándose por servicios no calificados honorarios que correspondían a personal profesional, hecho que constituye provisionalmente una falta gravísima a título de culpa gravísima.

Contra este fallo de primera instancia procede recurso de apelación.