5 de octubre de 2024

Procuraduría sancionó con destitución e inhabilidad a ex gerentes de CAJANAL

28 de julio de 2010
28 de julio de 2010

Al dar a conocer la decisión en primera instancia, el Procurador Tercero Delegado ante el Consejo de Estado, Fernando Brito Ruiz, quien fue designado funcionario especial por el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, indicó que de acuerdo con las pruebas no se encontró que se hubiera diseñado un plan que permitiera dar respuesta a múltiples derechos de petición y decisiones judiciales pendientes de resolver desde el año 2006 y que se han acumulado cada año hasta alcanzar actualmente más de 44 mil, que, a la fecha, no han sido respondidos.

Esta falta de respuesta a derechos de petición constituye una falta gravísima que da lugar a destitución de los funcionarios, explicó el Procurador Delegado.

Para el Ministerio Público, los disciplinables incurrieron en falta disciplinaria, por cuanto se sustrajeron también del cumplimiento de las obligaciones impuestas por decisiones judiciales, al no acatar los fallos de tutela que los obligaban a dar respuesta a las solicitudes formuladas.

Insistió que si bien, muchos de los derechos de petición se encontraban vencidos para el momento en que dirigieron la entidad, no aparece decisión administrativa alguna, encaminada a resolver tal situación, de la cual tenían conocimiento pleno y múltiples advertencias que requerían la elaboración de un plan de contingencia para atenderlos y darles respuesta.

Al proferir la decisión calificó las faltas como gravísimas, cometidas a título de dolo, por cuanto los disciplinables conociendo las funciones y las advertencias de diferentes órdenes, no hicieron lo suficiente para darle solución a tal situación que perjudicaba a múltiples usuarios que esperaban decisiones de reconocimientos pensionales por parte de la entidad.

En desarrollo de la audiencia los disciplinables interpusieron recurso de apelación, que será decidido por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, por lo cual los efectos de la decisión quedan suspendidos hasta que se conozca tal determinación.