29 de marzo de 2024

Fiscal especializado para DDHH reasume la competencia en caso de Luis Carlos Galán

25 de junio de 2010
25 de junio de 2010

Así lo confirmó el Jefe del Ente Acusador (E) Guillermo Mendoza Diago, al resolver el recurso de apelación interpuesto por la Procuraduría General de la Nación contra la providencia del 3 de febrero de 2010 mediante la cual ese despacho asumió el conocimiento del citado caso.

Al revocar la decisión, el Fiscal General (E) señaló que de acuerdo con pronunciamientos de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia sobre la competencia para investigar y juzgar a servidores públicos aforados, con fundamento en la ley 600 de 2000, ésta se preserva en el Fiscal 25 Especializado adscrito a la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, para el adelantamiento de la investigación y calificación jurídica procesal, porque los hechos no se relacionan en manera alguna con la órbita funcional del ex Director del DAS.

Explicó que, si bien es cierto, la acusación versa por un delito común (homicidio agravado), lo evidente es que con total claridad se advierte en la calificación que no existe relación funcional del acusado con el delito de naturaleza común por el que se le acusa.

Refirió que el caso en segunda instancia es competencia del Tribunal Superior, “pues mal puede aducirse que exista fuero constitucional de juzgamiento (en pretensión de que sea la Corte quien juzgue en única instancia el hecho), por cuanto allí –en relación con los mencionados jueces – existen totales garantías para adelantar procesos como el que involucran la “conducta privada” de un oficial…” acusado de determinar el homicidio de un ciudadano, por cuanto es evidente que un comportamiento de tal naturaleza no tiene relación alguna con las funciones públicas de un oficial del Ejército.

De acuerdo con lo anterior, la competencia para conocer sobre este proceso está en los Jueces Penales del Circuito Especializados, “habida consideración que el homicidio agravado por el que viene siendo investigado el MG (R) Miguel Alfredo Maza Márquez no se relaciona en manera alguna con las funciones que le fueron asignadas como Director del Departamento Administrativo de Seguridad, sin importar que para el caso se hubiere utilizado supuestamente a funcionarios de la institución a su cargo.”