13 de febrero de 2025

Procuraduría General de la Nación destituye a actual Gobernador de Putumayo

19 de abril de 2010
19 de abril de 2010

El Gobernador Guzmán Mendoza, suspendido en la actualidad, fue investigado por irregularidades relacionadas con la ausencia reiterada de la sede de gobierno, justificada en la atención de asuntos de carácter particular y con el pago de viáticos por ese y otros conceptos.

Según la Procuradora Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa, Alba Cristina Gruesso Sánchez, el mandatario incurrió en irregularidades administrativas que causaron detrimento patrimonial al ente territorial, al cobrar viáticos por valor de 5 millones 584 mil 330 pesos, para adelantar gestiones públicas en diferentes entidades, cuando atendía asuntos personales relacionados con el programa de especialización que estaba cursando.

En la investigación se comprobó que el señor Guzmán Mendoza adelantó un programa de Posgrado en Bogotá, sin haber solicitado el permiso legal correspondiente ante el Presidente de la República o el Ministerio del Interior y de Justicia.

Las pruebas confirmaron que el actual Gobernador de Putumayo utilizó los días 22 y 23 de mayo, 13 y 14 de junio, 4 y 5 de julio, 14,15 y 16 de agosto, 18,19 y 20 de septiembre, 13 y 14 de noviembre, y 4 y 5 de agosto de 2008, para asistir a las clases de la Especialización de Pensamiento Estratégico y Perspectiva, en la Universidad Externado de Colombia, a pesar de que en las Resoluciones Administrativas departamentales números 327, 372, 387, 434, 555, 684, 809, y 835 de 2008 de la Secretaría Financiera del mismo departamento, dichas fechas estaban destinadas para atender gestiones públicas en diferentes entidades nacionales con sede en Bogotá.

En concepto de la Procuraduría, de acuerdo con la normatividad vigente, cuando un Gobernador decide realizar actividades que requieren su presencia fuera de la sede del gobierno departamental que no materializan el ejercicio de sus funciones, así redunden en un mejor servicio público, como adelantar un programa de especialización, se debe solicitar el permiso a que se refiere la norma.

Para el Ministerio Público, “los hechos permiten concluir que el investigado hizo coincidir sus desplazamientos a la ciudad de Bogotá, aduciendo razones de servicio, para dedicar parte del tiempo de sus labores a asuntos de carácter personal, como lo fue la asistencia a un curso de posgrado”.

Consideró que, con esta actuación, el Mandatario ignoró las exigencias de racionalidad en el gasto y el manejo austero de los recursos públicos, por cuanto para atender las exigencias del programa académico, prolongaba su permanencia en Bogotá durante tres días y programaba la realización de diligencias oficiales, a razón de una por día, para poder destinar tiempo a sus actividades particulares.

A juicio de la Procuradora Delegada, Alba Cristina Gruesso Sánchez, si la buena fue hubiera presidido la conducta del Gobernador investigado, “hubiese programado la realización de las tres diligencias en una sola jornada, economizándole recursos al Departamento, sin perjuicio de dedicar los tres días que necesitaba, a cursar su especialización, previa obtención de permiso, pero sin cobrar viáticos oficiales.”

Precisó que, “el despacho se mantiene en la imputación, ya no dubitativa, en el grado de culpabilidad, sino con plena certeza, de que el investigado no dedicó la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, lo que lo llevó a utilizar parte de los recursos asignados, por concepto de viáticos y gastos de representación a fines diferentes de aquel a que estaban destinados”.

Concluyó que, por ésta vía, el Gobernador encontró el camino para apropiarse de manera fraudulenta, “así fuera en mínima parte”, de dineros de su departamento, “lo que constituye conducta contraria al orden jurídico sancionable penalmente y, por lo mismo, falta disciplinaria de la mayor entidad.”

Al proferir la decisión, el Órgano de control compulsó copias para que la jurisdicción penal decida si los hechos pueden tipificarse de acuerdo con lo consagrado en el artículo 397 del Código Penal, al tiempo que advirtió que procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación.